Por Cambio16
23/02/2017
Iñaki Urdangarin no irá a la cárcel, al menos por el momento. Tras la condena a seis años y tres meses de prisión por el caso Nóos, y a pesar de la petición de la Fiscalía que exigía su ingreso en prisión –eludible con una fianza de 200.000 euros–, la Audiencia de Palma ha acordado mantener al cuñado del Rey la libertad provisional y permitirle seguir residiendo en Suiza sin imponerle fianza alguna.
Las únicas medidas que le impone, y de las que ha informado el Poder Judicial en una nota, son la obligación de comparecer el día 1 de cada mes ante la autoridad judicial de su actual país de residencia, en este caso Suiza, y de comunicar al tribunal cualquier desplazamiento fuera de Europa o cualquier cambio de residencia. Lo que sí hace el juzgado es seguir el criterio de la Fiscalía respecto al riesgo de fuga de Urdangarin, al entender que queda mitigado por el hecho de que el esposo de Cristina de Borbón dispone de escolta policial.
El tribunal también mantiene la libertad provisional de Diego Torres, con prohibición de salir del territorio nacional, entrega de pasaporte y comparecencias en el Juzgado más próximo a su domicilio el día 1 de cada mes. También deberá comunicar cualquier cambio de residencia, incluso temporal.
Estas medidas se adoptan con la advertencia de que, en caso de ser incumplidas, podrá adoptar otras más gravosas para la libertad personal de los acusados, incluida la de prisión provisional. La Sala ha desestimado las medidas cautelares solicitadas por el Ministerio Fiscal –prisión eludible bajo fianza de 200.000 euros para Urdangarin y de 100.000 euros para Torres- y estudiará y resolverá en resolución aparte las pedidas por la Abogacía del Estado respecto de Torres (embargo de bienes, retención de pagos que pudiera recibir, etcétera).
En la resolución, el tribunal señala que “los acusados, en ningún momento, han tratado de eludir la acción de la Justicia y así, pese a las penas solicitadas, han comparecido a cada uno de los llamamientos, en todas las instancias, y en el día de hoy, a la hora indicada”. Y añade que “ambos acusados disponen de arraigo suficiente (familiar, social y laboral) en territorio nacional”.