Los trabajadores de las instituciones públicas y privadas son los primeros en tener conocimiento de las amenazas y perjuicios contrarios al interés público o individual. Al informar de su existencia, actúan como denunciantes claves para prevenir infracciones y proteger el bienestar de la sociedad. Sin embargo, esos denunciantes potenciales renunciar a compartir sus preocupaciones o sospechas por temor a represalias de la empresa o de los responsables del organismo público. En tal sentido, debido a la importancia de la información que pueden aportar y dada la vulnerabilidad e indefensión en que actúan, el Parlamento Europeo y el Consejo Europeo aprobaron una Directiva, la Unión Europea 2019/1937, que obliga a los Estados miembros a establecer unas normas mínimas que garanticen la protección efectiva de los denunciantes.
La protección del denunciante es fundamental en la contratación pública para prevenir y detectar el fraude y la corrupción; también en la ejecución de obras, suministro de productos y prestación de servicios. Igualmente son fundamentales, y principal fuente de prueba en cuanto a prácticas, ilícitas y abusivas en la elaboración y comercialización de productos inseguros, o el desvío del mercado legal al ilegal.
Los trabajadores son una importante fuente de información para mantener a la sociedad a buen resguardo de productos peligrosos o manejos oscuros en las finanzas y las inversiones.
A partir de 2022 y una vez transpuesta la directiva, los organismos públicos y entidades privadas estarán obligados a implantar un cauce interno de comunicación para denunciar irregularidades de todo tipo con plena garantía de seguridad y protección para el denunciante. Incluida la opción hacer la denuncia de forma anónima.
En ese contexto IDBO Consultants ha creado una herramienta fácil e intuitiva para detectar e investigar las irregularidades internas de las organizaciones que garantiza la protección del denunciante, propicia la investigación eficiente. En España, las organizaciones que no cuenten con esos cauces de comunicación y protección pueden ser sancionadas con multas que pueden llegar a los 50 millones de euros. Las denuncias pueden abarcar desde blanqueo de capitales y financiación de terrorismo, hasta acoso sexual y discriminación por asuntos de género.
Garantías del Canal de Denuncias IDBO
La herramienta online de IDBO dota a las entidades públicas y privadas de un sistema seguro, confidencial y ágil para efectuar la denuncia como para investigar las infracciones. La desarrollaron expertos jurídicos que prestan servicios especializados en el cumplimiento normativo empresarial. Asimismo, contempla una gama de irregularidades muy amplia. Incluye, entre otras: fraude y corrupción, delitos contra la propiedad intelectual, delitos contra la salud pública, blanqueo de capitales, vulneración de derechos de los trabajadores, prácticas que atentan contra el medioambiente o incumplimientos de la normativa sobre protección de datos. En ese sentido, no solo garantiza buenas prácticas, también se evitan repercusiones legales, económicas y reputacionales a la empresa o que las personas jurídicas se enfrenten a consecuencias penales derivadas de incumplimientos y comisión de delitos.
El canal de denuncias ofrece a los empleados, exempleados, proveedores y colaboradores una herramienta que posibilita abrir una investigación de forma confidencial o anónima. La protección de datos es un factor esencial en este canal de denuncias. Igualmente, garantiza la imparcialidad en la investigación pues permite contar con colaboradores de la empresa o entidad y con equipos externos e imparciales, y se evita que intervengan personas que podrían encontrarse ante un conflicto de interés o de falta de objetividad.
En el caso de tratarse de una denuncia anónima, se mantendrá este carácter durante toda la investigación, aunque habrá mecanismos que permiten al denunciante revisar el estado de la denuncia o ser consultado durante todo el procedimiento en caso de ser requerido por parte de la organización de forma igualmente anónima.
En definitiva, la herramienta de IDBO Consultantsproteger al denunciante y fomentar el cumplimiento normativo y la ética empresarial, incluidos aspectos fundamentales como los derechos de los trabajadores, la prevención del acoso y el abuso en el ámbito laboral, la corrupción, los derechos de los consumidores y delitos contra el medio ambiente, entre muchos otros.
La normativa Directiva europea 2019/1937 establece una serie de principios de cumplimiento general:
- La protección no queda limitada a las personas que denuncian los comportamientos negligentes, sino que también abarca a otros agentes como solicitantes de empleo, exempleados, periodistas o mediadores.
- La normativa protege a los denunciantes ante posibles represalias por parte de la empresa. Por ejemplo, la empresa no podrá despedir, discriminar o cambiar las condiciones contractuales del denunciante.
- En principio, la protección está limitada a las infracciones recogidas en la legislación de la Unión Europea, aunque es posible que con el tiempo esta protección se amplíe también a la legislación particular de cada uno de los Estados miembros.
- El denunciante puede efectuar la denuncia comunicándolo a nivel interno en la empresa, o acudiendo a las autoridades de supervisión pertinentes. Si en ninguno de los casos obtiene respuesta, podría poner la denuncia en conocimiento de la opinión pública, por ejemplo, a través de los medios de comunicación. La protección de la Directiva 2019/1937 le asiste en cualquiera de estos casos.
Alberta Zanata, Senior Lawyer del Departamento de Compliance de IDBO Consultants, especializada en cumplimiento normativo y gestión de canales de denuncia, explica qué tipo de conductas o irregularidades se pueden denunciar a través de un Canal de Denuncias.
En términos generales, un canal de denuncias puede utilizarse como un cauce confidencial para comunicar de buena fe hechos sobre los que exista una sospecha razonable de que puedan constituir una infracción o incumplimiento normativo, así como conductas que podrían considerarse contrarias a estándares éticos o a políticas y procedimientos internos que se hayan aprobado en la organización. No obstante, cada entidad, al implementar un canal de denuncias, deberá determinar los tipos de comunicaciones y denuncias que se pueden presentar, teniendo siempre en cuenta la normativa, tanto interna como externa, que le resulte de aplicación y las conductas que quiere prevenir y detectar.
¿Cómo funciona y cuándo empezará a ser obligatorio?
La Directiva de la UE sobre la protección de los denunciantes, introduce la obligación de establecer canales de denuncia interna en las entidades del sector privado con 50 o más trabajadores y en las entidades del sector público. El 17 de diciembre de 2021 finalizaba el plazo para la transposición de dicha norma en los distintos Estados Miembros. A día de hoy, España todavía no la ha transpuesto y este retraso supone unas consecuencias a nivel práctico. De hecho, las entidades a las que aplica la Directiva se encuentran con el siguiente interrogativo: ¿Ya estoy obligada a tener un canal de denuncias?
La respuesta cambia dependiendo de si se trata de una entidad del sector público o del privado. En el primer caso, los ciudadanos podrían invocar ya la aplicación de la Directiva frente al Estado (efecto directo vertical); mientras que, en el segundo caso, es decir, frente a las entidades del sector privado, no sería posible invocar la aplicación de la Directiva mientras que ésta no se haya transpuesto en el derecho nacional (efecto directo horizontal).
«La obligatoriedad de contar con un canal de denuncias ya es una realidad para muchas entidades jurídicas»
No obstante, hay que señalar que la obligatoriedad de contar con un canal de denuncias ya es una realidad para muchas entidades jurídicas, debido a que se lo exigen normas sectoriales específicas. En tal sentido, el art. 26 bis de Ley 10/2010 de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, exige que los sujetos obligados establezcan procedimientos internos para que se puedan comunicar infracciones de dicha normativa y demás políticas internas implementadas para su cumplimiento. De la misma manera, la Ley Orgánica 3/2007 para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, regula medidas específicas para prevenir el acoso sexual y el acoso por razón de sexo, y exige que las empresas desarrollen procedimientos específicos para su prevención y para dar cauce a las denuncias o reclamaciones que puedan formular quienes hayan sido víctimas de dichas conductas.
Teniendo en cuenta que hay organismos públicos y privados que ya cuentan con esta herramienta, ¿cuáles son las irregularidades más frecuentes en la administración pública? ¿Y en las empresas?
En la mayoría de los casos, tanto en el ámbito público como en el privado, las comunicaciones que se reciben a través de los canales de denuncias se refieren a infracciones e incumplimientos de normas y controles internos de la entidad (políticas, protocolos, etc.), o a conductas que podrían considerarse contrarias a los estándares éticos por los que ha apostado la organización. Solo en una minoría de casos los hechos denunciados se refieren a la comisión de hechos delictivos, y suelen referirse normalmente a prácticas corruptas, malas praxis financieras o situaciones relacionadas con el abuso en el entorno laboral.
¿Cómo puede proceder una persona en caso de acoso sexual?
Como indicaba anteriormente, la Ley Orgánica 3/2007 para la igualdad efectiva de mujeres y hombres exige a las empresas la adopción de medidas específicas para dar cauce a las denuncias o reclamaciones que puedan formular quienes hayan sido víctimas de acoso sexual y acoso por razón de sexo.
Por ello, en el caso de haber sufrido conductas que podrían calificarse como acoso sexual en el entorno de trabajo, la víctima podrá dirigirse a la empresa a fin de denunciar los hechos y solicitar que se tomen las acciones oportunas, gozando en todo momento de una protección adecuada y efectiva frente a represalias. No obstante, hay que señalar que las víctimas podrán denunciar los hechos acudiendo directamente a las autoridades competentes, tales como la Policía Nacional.
¿Cómo hay que identificar un hecho de corrupción para que la denuncia prospere?
En el momento de presentar una denuncia, cualquiera que sea el hecho que queramos comunicar, habrá que prestar atención a proporcionar la información de forma clara, incluyendo todo los detalles y datos de los que tengamos conocimiento. De esta forma, la entidad que recibe la comunicación contará con todos los elementos necesarios para poder realizar la investigación de los hechos denunciados, llegando así a una resolución fundada y razonada. Para ayudar las personas a la hora de presentar una denuncia, el software desarrollado por IDBO Consultants y Procesia pone a disposición un formulario sencillo e intuitivo que guiará el denunciante.
¿Evitaría esta vía las denuncias falsas en el juzgado?
A este respecto, es importante destacar que el canal de denuncias interno de una organización no constituye una alternativa a los mecanismos de denuncia frente a las autoridades competentes. De hecho, el primero se implanta en una organización con el fin de prevenir y detectar la comisión de infracciones e incumplimientos cometidas por sujetos que entran dentro de su ámbito de aplicación y en el desarrollo de sus actividades.
¿De qué manera pone luz sobre la letra pequeña y la jerga jurídica, incomprensible para muchos ciudadanos?
La aprobación de la Directiva de la UE plantea como objetivo fundamental la protección de los denunciantes y subraya la necesidad de que éstos puedan tomar la decisión de denunciar contando con toda la información necesaria sobre los cauces disponibles, los procedimientos aplicables y los derechos de los que gozan.
A tal efecto, la Directiva impone a las autoridades competentes la obligación de facilitar de forma clara, transparente y comprensible toda esa información. Lo más aconsejable es publicarla en las páginas web de las distintas entidades, así como elaborar planes de comunicación que incluyan la información necesaria para fomentar una cultura de denuncia.
¿Contribuye el Canal de Denuncias a una sociedad más transparente?
Absolutamente sí. En los mismos considerando de la Directiva 2019/1937, sobre la protección de los denunciantes, se manifiesta que la implementación de canales de denuncias en las organizaciones representa el medio más eficaz para detectar conductas que podrían afectar al interés público, evitando así que se produzcan consecuencias y perjuicios que podrían afectar al bienestar de la sociedad en su conjunto.
De hecho, existen ya estudios en los que se indica que los denunciantes se sienten más cómodos a la hora de denunciar por los canales implementados en las organizaciones, favoreciendo así la detección precoz de infracciones y prácticas ilícitas.
Además, los canales de denuncias refuerzan la confianza del mercado y de la sociedad hacia las entidades del sector público y privado en la medida en la que fomentan una cultura de cumplimiento y respeto a la legalidad en su seno.