El TEDH (Tribunal Europeo de Derechos Humanos) respaldó por unanimidad las «devoluciones en caliente» de inmigrantes en Melilla. Y revocó la condena contra España, dictada meses atrás por una sala de esa instancia.
La sentencia se refirió a las expulsiones de dos inmigrantes subsaharianos que intentaron ingresar a España, luego de saltar la valla fronteriza de Melilla en agosto de 2004.
Estos subsaharianos, uno maliense y otro marfileño, fueron devueltos inmediatamente a Marruecos.
Tribunal respaldó “devoluciones en caliente”
El fallo de la Gran Sala del TEDH fue difundido este jueves en una vista pública. En su dictamen se estableció que las devoluciones sumarias de migrantes en la frontera de Melilla (y por extensión en la de Ceuta), fueron legales y no contrarias a los derechos humanos.
La decisión es opuesta a la sentencia emitida por una sala de ese mismo tribunal en octubre de 2017, cuando condenó a España por devolver a Marruecos a estos dos migrantes.
⚫️Tristeza profunda para quienes VIVIR se hace imposible y para quienes intentamos que se respeten los únicos Derechos que son de todos, los #DDHH . El #TEDH Hoy opta por defender las fronteras de Europa antes que los Derechos Humanos . @ECHR_CEDH 👇🏿👇🏽👇🏻https://t.co/mcs7wHUwYL
— FUNDACIÓN RAÍCES (@f_raices) February 13, 2020
El reciente fallo contempla que ambos «decidieron no utilizar las entradas legales existentes que les permitieran acceder de modo regular al territorio español». Por tanto, revoca la sentencia condenatoria de la Sala de 2017 por «expulsión colectiva sin medida judicial previa».
La decisión judicial
La decisión destacó que los inmigrantes «se pusieron ellos mismos en una situación de ilegalidad» al acceder «a lugares no autorizados». Y al mismo tiempo, «recurrieron a la fuerza» y al «efecto masa», al saltar la valla con decenas de personas.
De esta manera, los magistrados consideraron que la «ausencia de una decisión individualizada» sobre la devolución de cada uno de ellos, se puede atribuir al hecho de que no utilizaran los cauces oficiales.
En tal sentido, el Tribunal concluyó que no se puede considerar a España como responsable de la ausencia en Melilla de un cauce legal que les permitiera oponerse a su devolución a Marruecos.
Los 17 magistrados consideraron que los inmigrantes tenían una posibilidad de «acceso efectivo a territorio español» por el paso fronterizo de Beni Enzar. Además, también “tenían acceso a las embajadas españolas y consulados, en los que según la ley cualquiera puede presentar una petición de protección internacional». Esa posibilidad «real» llevó a la Gran Sala a avalar la actuación de España.
Lo bueno y lo malo
La canciller Arancha González Laya calificó como «algo positivo» la sentencia de la Gran Sala del TEDH. Y señaló en la sede de Naciones Unidas, en Nueva York, que la misma «clarifica» la actuación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado que custodian las vallas fronterizas de Ceuta y Melilla.
Mientras tanto, la Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR) indicó que la sentencia es desalentadora. La Gran Sala justifica su decisión en que estos inmigrantes pudieron haber solicitado asilo en el puesto fronterizo de Melilla. Se sabe que ninguna persona de origen subsahariano ha podido acceder a este puesto desde su creación.
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