Este jueves, el presidente de la Generalitat, Quim Torra, y el vicepresidente y coordinador nacional de ERC, Pere Aragonés, se reunirán para discutir el acuerdo entre el PSOE y ERC para la investidura de Pedro Sánchez. El encuentro tendrá lugar el mismo día que el Consell Nacional de Esquerra se reúne para dar el visto bueno -o no- al pacto poselectoral.
Según informan fuentes de la presidencia a Europa Press, Torra ya se ha comunicado con Aragonés para hacerle saber que el acuerdo de un partido no debe vincular al Govern, especialmente porque el ejecutivo catalán también está formado por JXCat, formación a la que pertenece el mismo Torra.
El presidente catalán quiere trasladarle estas consideraciones personalmente a Aragonés. Además, las mismas fuentes indican que Torra no ha intervenido en el acuerdo debido a que es un pacto de partido y quiere respetar eso.
Parlament pide a JEC no inhabilitar a Torra
Por otro lado, el Parlament catalán ha presentado este 30 de diciembre sus alegaciones a la Junta Electoral Central (JEC) para pedir que no se inhabilite a Torra, lo que llevaría a su salida de la presidencia de la Generalitat. El viernes la JEC deberá discutir el caso.
Según informa Europa Press, Joan Ridao, el letrado mayor del Parlament, escribió el texto en el que se pide a la JEC desestimar los recursos que presentaron PP, Ciudadanos y Vox para solicitar la inhabilitación de Torra.
Son los mismos que desestimó la Junta Electoral Provincial de Barcelona el pasado 24 de diciembre. Las alegaciones se basan en los argumentos de este organismo que defiende que «a efectos penales, la condena lo es por desobediencia a la Administración Electoral y ésta no puede ser subsumida entre las Administraciones públicas a las que se hace referencia en el artículo 6.2 b de la LOREG”.
Además, asegura que se ha hecho “en base a la interpretación restrictiva y proporcional de las normas limitativas del derecho a sufragio pasivo del art. 23 CE», y alega que la Junta «es incompetente por razón de la materia teniendo en cuenta que no se trata de una cuestión de régimen electoral”.
Asimismo, indica que “la incompatibilidad de los diputados es una cuestión que afecta al estatuto de los diputados, por lo que es el Parlament el que debe determinar la afectación de la resolución judicial respecto al estatuto de uno de sus miembros».
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