Por Iñigo Aduriz
07/07/2017
El expresidente de Murcia, el también exdirigente del PP Pedro Antonio Sánchez, tendrá que sentarse en el banquillo de los acusados por el caso Auditorio, que investiga supuestos amaños en la concesión de contratos y el cobro de comisiones durante su etapa como alcalde de Puerto Lumbreras.
Según han informado fuentes jurídicas, el magistrado del Tribunal Superior de Justicia de Murcia Julián Pérez-Templado, instructor del caso, ha acordado la conclusión de las diligencias previas del procedimiento en el que investiga el proyecto, adjudicación, ejecución y recepción de las obras del Centro Cultural del municipio de Puerto Lumbreras.
Y en su auto, ordena la continuación del proceso por los trámites del procedimiento abreviado contra Sánchez, en la época de los hechos alcalde de Puerto Lumbreras, por los delitos de prevaricación continuada, fraude en la obtención de subvenciones públicas, y prevaricación o fraude de fondos públicos.
Igualmente, ordena que el procedimiento continúe contra Martín Lejarra Azcarreta, responsable del proyecto y ejecución de la obra, y contra Vicente Gimeno Merino, representante legal de la constructora, como cooperadores necesarios en el delito de prevaricación o fraude de fondos públicos.
El instructor concreta en tres apartados, que luego desglosa en los fundamentos jurídicos, los hechos por los que debe continuar el procedimiento: la contratación irregular del arquitecto, la obtención de una subvención de manera falsaria y sin cumplir la finalidad y los cambios del contrato originario acordados por el ex alcalde, el arquitecto y el constructor para salvar sus responsabilidades.
El auto decreta el sobreseimiento provisional para el resto de los investigados en este procedimiento.
Tras esta resolución, siempre que alcance firmeza, el Ministerio Fiscal y las demás acusaciones personadas tienen 10 días para formular escrito de acusación solicitando la apertura de juicio oral o el sobreseimiento de la causa, “sin perjuicio de que excepcionalmente puedan solicitar la práctica de diligencias complementarias que consideren indispensables para formular acusación”, concluye la parte dispositiva del auto.