Por Cambio16
10/01/2018
El Constitucional ha tumbado este martes la ayuda a los parados de larga duración, correspondiente de 426 euros, que estaba vigente desde 2014.
Conocida como PAE (Programa de Activación para el Empleo), la norma ha sido revocada tras ser recurrida por el Gobierno Vasco, argumentando una invasión de sus competencias autonómicas.
El PAE prevé la asistencia extraordinaria para «desempleados carentes de protección».
Y fue fue aprobado por el Consejo de Ministros en diciembre de 2014 tras el acuerdo con empresarios y sindicatos
No obstante, desde el Ministerio de Empleo recuerdan que esta invalidación no impedirá que este programa de ayudas siga activo.
Ésto inclusive, afirma desde el ministerio, hasta que finalice su validez el próximo mes de abril.
Por consiguiente, sus beneficiarios seguirán cobrando los 426 euros hasta que agoten la asistencia.
La ayuda a los parados será renovada
Los responsables del despacho de Fátima Báñez comenzarán a negociar nuevos términos para la ayuda a los parados con las comunidades autónomas.
Ésto, con el fin de cumplir con el mandato del Constitucional, posteriormente de que el pasado julio este audiencia anulara el Plan Prepara por el mismo argumento.
El decreto que regula el PAE atribuye al Servicio Estatal de Empleo Público la subvención, gestión y pago de esta asistencia económica.
Asimismo, la capacidad de admitir o desestimar el derecho de las personas potencialmente beneficiarias de la misma.
Pero el Gobierno Vasco lo recurrió por considerar que invadía las competencias autonómicas.
Argumentan que la gestión de esas ayudas debe recaer en el servicio vasco de empleo (Lanbide).
Y recuerdan que las políticas activas de empleo fueron transferidas a Euskadi en dos mil diez
Pero el Constitucional considera que la asistencia económica controvertida encaja en el concepto de fuero gremial y su naturaleza es la de una contribución de fomento del empleo.
El Constitucional recuerda que el Estado obligación desarrollar la código básica en esta materia.
No obstante, «no puede ignorar que la competencia para la ejecución de sus normas corresponde a Comunidades Autónomas».