Estados Unidos prohibió que el CEO de Meliá, Gabriel Escarrer, ingrese al país. La medida le fue aplicada en el marco de la Ley Helms-Burton. El motivo es la actividad de una de las subsidiarias del grupo en Cuba, donde operan dos hoteles en la región de Holguín. Así lo informaron medios locales en el sur de la Florida.
La empresa hotelera confirmó la noticia por medio de un comunicado.
«Confirmamos que en fecha 11/10/19, el Vicepresidente Ejecutivo y Consejero Delegado de Meliá Hotels International, S.A. recibió una carta del Departamento de Estado de los Estados Unidos de América por la que, en aplicación del Titulo IV del “Liberty Act» (también conocida como Ley Helms Burton) y en caso de no aceptar una serie de condiciones relacionadas con la actividad en la República de Cuba de empresas filiales, en un plazo de 45 días se le prohibiría el acceso a los Estados Unidos de América. Creemos que cartas similares habrían sido dirigidas a más de medio centenar de empresas con intereses en Cuba», señala el texto.
Los hoteles son administrados entre la subsidiaria de Meliá y dos entidades públicas cubanas. Están ubicados en una parcela de tierra expropiada por el régimen cubano a fines de la década de 1950 a la familia Sánchez Hill, que solicitó una indemnización.
En octubre pasado, el Departamento de Estado de los Estados Unidos impuso a Gabriel Escarrer una serie de condiciones para ingresar al país.
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— Martí Noticias (@martinoticias) February 6, 2020
Ley para reclamaciones
El Título III de la Ley Helms-Burton establece que cualquier ciudadano o empresa estadounidense, cuyas propiedades en Cuba hayan sido expropiadas por el gobierno cubano, puede presentar demandas contra terceros que poseen, controlan u obtienen beneficios con esas propiedades.
Esa sección de la ley había permanecido sin efecto desde su promulgación en 1996. Pero en mayo de 2019 el presidente Donald Trump la activó como parte de su política de línea dura hacia Cuba.
La Unión Europea no reconoce la Ley Helms-Burton por tener un carácter extraterritorial y contravenir los principios esenciales del derecho internacional. Por ello promulgó un reglamento conocido como el Estatuto de bloqueo, que obliga a los afectados a notificar a la Comisión las demandas en un plazo de 30 días.
Procesos en ejecución
Hasta ahora, alrededor de 72 cubanoamericanos han presentado demandas en los tribunales de los Estados Unidos en busca de una compensación por el uso de bienes expropiados en Cuba.
Estos son principalmente contra cadenas hoteleras, la mayoría europeas, especialmente españolas, o aerolíneas que usan el Aeropuerto Internacional José Martí, que operan o han operado en propiedades nacionalizadas.
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