Ahora que comienza el Plan para la Transición hacia una Nueva Normalidad, los españoles se preparan para la adaptación del conjunto de la sociedad a un desconfinamiento progresivo. Se espera que este proceso se lleve a cabo con las máximas garantías de seguridad, tras la crisis provocada por la COVID-19.
La puesta en marcha del programa ha generado dudas e inquietudes. El Ministerio de Sanidad publicó una guía con algunas de las principales preguntas de los españoles, con sus respuestas. Aquí resumimos algunas de ellas.
Es una guía, no una ley
Lo primero que se debe tener en cuenta es que el Plan para la Transición es orientativo. Por sí mismo, no autoriza ninguna actividad en ninguna fase.
La transición será gradual, asimétrica y coordinada. La actividad y la movilidad se estructurarán en cuatro fases. Estas se sucederán en función del control de la epidemia y la velocidad que permita la situación sanitaria de cada zona, entre otros factores.
Contacto social y desplazamientos
Desde la Fase I se valora la posibilidad de que haya contacto social entre personas sin ninguna patología previa y que no sean vulnerables. Sin embargo, se establecerán condiciones más limitativas para personas mayores y/o que tengan alguna patología, que podrán ir modificándose en las Fases II y III.
No se permitirán los desplazamientos entre provincias hasta que no finalice el proceso de transición hacia la nueva normalidad que se consigue al superar la Fase III. Aunque podrán realizarse por causas justificadas, como trabajo presencial inevitable, por ejemplo.
Las visitas a segundas residencias dentro de la provincia en la que se ubica el domicilio habitual estarán permitidas desde la Fase II del Plan para la Transición.
Atención de huertos y trabajo
A partir de la Fase 0, es decir, desde ya, se permite atender los huertos familiares, de autoconsumo o municipales, siempre que estén en el mismo término municipal que el domicilio o uno adyacente y se adopten las debidas precauciones.
Se realizará de forma individual salvo que se acompañe a personas con discapacidad, menores, mayores o por otra causa justificada.
Las empresas que hayan recurrido a un expediente de regulación temporal de empleo por la crisis sanitaria y que van retomando su actividad, podrán sacar del ERTE, incluso a tiempo parcial, al personal que necesiten.
Actividades turísticas
En la Fase I se podrá realizar turismo activo y de naturaleza en grupos limitados de personas dentro de la misma provincia.
Para la Fase II se permitirá el turismo activo y de naturaleza para grupos más amplios de personas y la visita a monumentos y otros equipamientos culturales, manteniendo un aforo limitado.
Al llegar la Fase III, las actividades anteriores podrán pasar a un aforo mayor y se podrá realizar tanto turismo activo y de naturaleza como ir a la playa, manteniendo las condiciones de seguridad y distanciamiento.
Las terrazas podrán abrir a partir de la Fase I, aunque con un aforo limitado. Los locales podrán realizar servicio en las mesas o preparar consumiciones para llevar a partir de la Fase II, siempre con garantía de separación y limitación de aforo.
En la Fase III se extenderá el aforo y se permitirá el servicio en barra con la separación entre clientes que se determine.
Acompañamiento
Los menores de 14 años pueden salir durante una hora al día entre las 12 del mediodía y las 7 de la tarde y como máximo a 1 kilómetro de distancia. Pueden salir hasta tres menores acompañados por un adulto responsable.
Los paseos que ya han sido permitidos desde el 2 de mayo, deben realizarse de forma individual o acompañados de un conviviente habitual, en franjas horarias preestablecidas por grupos de edad.
Sacar a pasear al perro es una actividad permitida durante el Estado de Alarma, en recorridos cortos para cubrir sus necesidades fisiológicas, sin contacto con otros animales o personas.
Actividad comercial
A partir de la Fase 0 de este Plan para la Transición, puede abrir el comercio minorista que ocupe una superficie menor a 400 metros cuadrados, siempre bajo cita previa y garantizando la atención individual.
A partir de la Fase I, las tiendas de ropa podrán normalmente abrir, siempre que cumplan las condiciones de aforo y distanciamiento.
Los centros comerciales se podrán visitar a partir de la Fase II, con aforo limitado. La permanencia en las zonas comunes o áreas recreativas estará prohibida en esa Fase II.
Transporte público y privado
En el transporte público no es posible garantizar distancia social, por lo que será obligatorio llevar mascarilla.
Cuando se comparta un vehículo privado, si hay convivencia o contacto físico estrecho habitual, no es necesario el uso de mascarilla. Sin embargo, si en el transporte van personas que no habitan en el mismo domicilio, es obligatorio el uso de mascarilla.
Acceso fronterizo
En la actualidad están reestablecidos los controles en las fronteras interiores terrestres con Francia y Portugal y está restringido el acceso de viajeros extracomunitarios por las fronteras exteriores en puertos y aeropuertos.
El Ejecutivo informó que España se abrirá gradualmente al turismo cuando existan las condiciones para garantizar la debida seguridad a los turistas y los residentes. En estos momentos, se trabaja en ello con los socios comunitarios.
Actividades educativas y culturales
En función de una serie de indicadores establecidos por las autoridades sanitarias, se podrán ir abriendo los centros educativos paulatinamente.
Los actos y espectáculos culturales al aire libre podrán hacerse en la Fase I con menos de 200 personas, en la Fase II, para menos de 400 personas y, en la Fase III cuando sea para un aforo inferior a 800 personas. En todas las fases, el público deberá estar sentado y manteniendo la distancia que en cada momento establezcan las autoridades.
Este es el folleto del Ministerio de Sanidad, con las preguntas y respuestas acerca del Plan para la Transición hacia una Nueva Normalidad.
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