Por Cambio16
24/04/2017
La conocida propuesta de ley de desahucio exprés ya cuenta con luz verde en el Congreso. La Comisión de Justicia de la cámara ha aprobado este martes la proposición de ley del PDeCAT que modifica la Ley de Enjuiciamiento Civil con el fin de acelerar el proceso para agilizar el fin de la ocupación ilegal de una vivienda en determinados supuestos de propiedad. Por consiguiente, el texto va al remitido al Senado para completar su tramitación.
La ley de desahucio exprés, aseguran, protegerá «a los pequeños propietarios, ONGs y entidades públicas municipales que gestionan el parque de vivienda social», según se desprende del texto. Asimismo, incrementa la protección a las personas que no pueden pagar la cuota de alquiler o la hipoteca. Y que por esta razón deben ser desalojadas. En este caso, los propietarios deberán comunicar esta situación a las administraciones. Éstas tendrán un plazo de 7 días para dar una respuesta y garantizarles una nueva vivienda.
La iniciativa contó con el apoyo del PP, Ciudadanos y el PNV. Mientras que el PSOE, Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, ERC y Compromís han votado en contra. Especialmente relevante fue la oposición de los socialistas. El grupo había apoyado la ley de desahucio exprés. Pero finalmente terminaron descolgándose de un texto que en gran medida, habían acordado y respaldado en la fase de ponencia. Una actitud que fue afeada por los diferentes grupos durante el debate en Comisión.
La ley de deshaucio exprés, en claves
La Ley
- La ley de desahucio exprés ha acabado definiéndose como una modificación de la Ley de Enjuiciamiento Civil «en relación con la ocupación ilegal de inmuebles». Pese a que en un primer momento fue presentada como una modificación para regular “un procedimiento específico para garantizar la titularidad de propietarios personas físicas. Y para asegurar a las entidades sociales y a las administraciones públicas la disponibilidad de las viviendas en su haber destinadas a alquiler social”.
- En la votación de enmiendas en la Comisión se han excluido del proceso de desahucio exprés a las entidades privadas y gestoras de un fondo de viviendas destinadas al alquiler social. Éstas venían incluidas en el texto aprobado por la ponencia. Por ende, abría la puerta a que fondos buitre pudieran acogerse a estos procedimientos.
El procedimiento
- Según la propuesta finalmente aprobada, podrán pedir «la inmediata recuperación de la plena posesión de una vivienda o parte de ella». Siempre que se hayan visto privados de ella sin su consentimiento las personas físicas propietarias de vivienda, entidades sin ánimo de lucro y “entidades públicas propietarias o poseedoras legítimas de vivienda social».
- En el caso arriba expuesto se trasladará una notificación a los ocupantes. Extensible a aquellos que en ese momento no se encuentren en la vivienda. Desde entonces, se exigirá a estos ocupantes que justifiquen la situación de posesión.
- En caso de no aportarse justificación suficiente, el tribunal «ordenará mediante auto la inmediata entrega de la posesión de la vivienda”. Contra este auto, reza la ley, “no cabrá recurso alguno. Y se llevará a efecto contra cualquiera de los ocupantes que se encontraren en ese momento en la vivienda”.
Los vacíos
- La proposición de ley no garantiza la alternativa habitacional para los desahucios de estas ocupaciones. Tampoco tiene definidas medidas concretas para aquellos casos en los que las personas desahuciadas se encuentren en una situación de vulnerabilidad. Éstos dos vacíos fueron los argumentos de los grupos en oposición a la ley para descolgarse del texto.