La Ley de Bienestar Animal busca garantizar la protección y el bienestar de los animales, poniendo fin a la negligencia y el maltrato. Aunque no está exenta de controversias pues es considerada por algunas fracciones políticas de “extremista”. Especialmente por excluir a los perros de caza e imponer a las administraciones públicas las formas de contener una plaga de roedores (ratas) o reptiles sin recurrir a métodos letales. La nueva normativa obliga a “anteponer” las vías “no letales” para abordarlas.
Dicha norma, aprobada en el Congreso de los Diputados, está dirigida a proteger a los animales domésticos y salvajes en cautividad. Su propósito, según la ministra de Derechos Sociales y Agenda 2030, Ione Belarra, es acabar con el abandono, el maltrato y garantizar el sacrificio cero.
Con la ley quedarán prohibidas las peleas de gallos y «otras prácticas aberrantes como atar animales a vehículos en marcha. O utilizar collares y pinchos que puedan ahorcar a los animales». Así como los circos con animales silvestres y «el sacrificio de cualquier animal sano sin motivos sanitarios o eutanásicos». Además de que incluye medidas para controlar la cría incontrolada y fomentar la tenencia responsable de mascotas.
Asimismo, la ley incluye penalizaciones duras para los maltratadores de animales y la prohibición de vender perros, gatos y hurones en las tiendas, y exhibirlos al público con finalidades comerciales. La Ley, una vez entre en vigor, exige que todos los propietarios de perros tendrán que pasar una formación previa y realizar cursos referidos a sus cuidados.
Pero, uno de los aspectos más polémicos, es el tratamiento de las plagas de animales por parte de las administraciones públicas. En específico, en aquellos pequeños ayuntamientos de zonas rurales. Deberán demostrar previamente que no pueden contener una plaga de roedores o reptiles sin recurrir a métodos letales.
Ley de Bienestar Animal, alcances y limitaciones
La Ley de Bienestar Animal es amplia y con severas penas para sus infractores. Algunos municipios de Madrid se están anticipando a aplicar la normativa que espera la aprobación del Senado. Por ejemplo, refiere OK Diario, en lo que se refiere a las alternativas “no letales” para el control de plagas ya trabajan los ayuntamientos de Móstoles, Fuenlabrada, Parla, Getafe, Leganés, Alcorcón y Pinto.
Ante la población de cotorras argentinas, especie invasora que amenaza a aves autóctonas como el gorrión común. Se está estudiando la forma de controlar las colonias mediante la realización de vasectomías a los machos o priorizar los métodos tipo CER (Capturar, Esterilizar, Retornar).
Y aunque se contempla la posibilidad de tener que recurrir a métodos letales, debe producirse después de demostrar, documentalmente, que es la única solución factible. Algo que ha sido recibido con preocupación en pequeños municipios rurales. Por contar con menos recursos y personal para acometer este tipo de burocracia en los que cada día cuenta para contener una plaga de ratas u otros animales no domésticos. Y que pueden ser peligrosos y portadores de enfermedades
También la ley castiga cualquier tipo de actuación sobre las colonias felinas urbanas. “Se introduce el concepto de gato comunitario, el gato libre que convive en entornos humanos y que no es adoptable debido a su falta de socialización. Y se establece una gestión integral de los mismos con métodos no letales, basados en el método CER. Con el objetivo de reducir progresivamente su población mientras se controla el aporte de nuevos individuos con la esterilización obligatoria de los gatos con hogar”.
Tratamiento no letal a ratas y reptiles
El Código Penal, en su artículo 337, actualmente recoge el maltrato a los animales domésticos o que viven bajo control humano. Cuando se les maltrata de forma injustificada y se producen lesiones.
La pena de cárcel por lesiones en estos casos es de hasta 12 meses y hasta 18 si se produce la muerte del animal con agravantes como ensañamiento o en presencia de un menor. Ahora, con la nueva ley se doblan las penas máximas, de manera que el castigo por muerte de un animal pasa a ser de 12 a 24 meses de cárcel (o multa de 18 a 24 meses). Y si confluyen agravantes se podría alargar hasta 36 meses (tres años) de prisión.
A ello hay que añadir que la normativa propuesta por Ione Belarra amplía la protección a todos los animales vertebrados. Excluyendo a insectos, arácnidos, crustáceos y algunos animales marinos.
Un aspecto «tan amplio» que, tal y como se publicó en noviembre en un informe el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), recordó el diario Heraldo “plantea importantes problemas para conciliar la protección de los animales con la protección a otros bienes jurídicos, como la salud pública o el medio ambiente”.
Es el caso, por ejemplo, de las ratas o de las serpientes, animales vertebrados que pueden colarse en un jardín de propiedad privada o en un domicilio particular. «Hablamos de cuestiones de salud pública. Un roedor en una casa puede causar enfermedades, o morder a tu hijo o a tu perro. Hay que proteger a los animales, pero razonadamente”, señaló Gema Calahorra, vicepresidenta de la Sección de Bienestar Animal del Colegio de Abogados de Zaragoza.
Cárcel y elevadas multas
La Ley de Bienestar Animal aumenta de forma significativa las penas y multas para aquellos episodios en los que se produzca la muerte de un animal, ya sea doméstico o silvestre.
La normativa ha sido redactada de una forma tan amplia y ambigua que podría penar con hasta año y medio de cárcel. Y multas de 50.000 euros por dar muerte a ratas en un hogar mediante veneno u otros métodos, reseñó OK Diario.La norma va más allá de la protección a mascotas y animales domésticos y abre un amplio abanico punitivo a cualquier lesión o muerte que se provoque a un “animal vertebrado”.
Otras novedades del texto consisten en que los municipios tendrán que determinar “lugares específicamente habilitados para el esparcimiento” de los perros. Y que el transporte de animales destinados a actividades deportivas o lúdicas (incluida la caza) se haga en buenas condiciones.