La energía solar tiene peso en la oferta renovable del país. En 2020, año marcado por la pandemia, se instalaron 2.633 megavatios (MW). Con el propósito de aportar electricidad de calidad y cubrir la creciente demanda, la tecnología requiere de incentivos fiscales. En especial, una reducción del IVA para las iniciativas de autoconsumo fotovoltaico.
La Unión Española Fotovoltaica precisa de nuevos desafíos, que implican gruesas inversiones en equipos y modalidades, que la hagan competitiva en el marco de las renovables.
Elena Velázquez Hernández, directora técnica de la UNEF, señala que aunque la fotovoltaica está presente en el mix español desde 2006 todavía le queda un largo camino por recorrer y muchos retos. Entre ellos, cumplir los objetivos del Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC) 2030.
Precisa que además de la nueva potencia adicionada por el parque fotovoltaico al sistema eléctrico, en 2020 igualmente se añadieron 596 MW en instalaciones de autoconsumo. Una cifra muy importante.
Para la UNEF está claro que su tratamiento fiscal debería ser el de un IVA reducido del 10%. Sin embargo, esta opinión no la comparte la Dirección General de Tributos (DGT), a través de una reciente consulta vinculante.
Rebaja impositiva al autoconsumo fotovoltaico
La instancia oficial advierte los términos en que una familia o un conjunto residencial pueda ser favorecida a cancelar un IVA reducido del 10% en su autoconsumo fotovoltaico.
En primer lugar, señala, no debe tratarse de una instalación aislada de placas solares, sino que debería formar parte de un proyecto global de rehabilitación estructural de edificio o vivienda unifamiliar. Además, el coste total de la instalación de las placas y otras obras conexas (albañilería, fontanería) pueda superar el coste del resto del proyecto de rehabilitación estructural.
Y en segundo lugar, que el coste total del proyecto de rehabilitación estructural del que forme parte la instalación de autoconsumo debe exceder del 25% del precio de adquisición. O del valor de mercado de la edificación e incluso, de partes de la misma antes de su rehabilitación con exclusión del valor del suelo.
Por tanto, deberá analizarse en cada caso el alcance del proyecto de rehabilitación para verificar si cumple las condiciones para poder beneficiarse del tipo reducido del 10%.
Trabas y complicaciones adicionales
La Dirección General de Tributos ofrece otra opción a la modalidad de autoconsumo fotovoltaico y la posibilidad de obtener un incentivo tributario. Es en aquella en que dicha instalación fotovoltaica no forme parte de un proyecto de rehabilitación estructural del edificio.
También en la ejecución de obras de renovación o reparación realizadas en edificios o partes de los mismos destinados a viviendas. Cuando se cumplan los siguientes requisitos: a) Que el destinatario sea persona física, no actúe como empresario o profesional y utilice la vivienda para su uso particular. b) La construcción o rehabilitación de la vivienda objeto de las obras haya concluido al menos dos años antes del inicio de las obras de renovación y reparación. c) Que el empresario que realice las obras no aporte materiales para su ejecución.
Si el coste de los paneles solares y demás equipos o materiales aportados por el contratista supera el 40% del coste total de la obra de renovación, se tributará, al tipo general del 21%.concluye la DGT.
Por otra parte, resulta claro que, si el empresario que realiza la obra no aporta los paneles solares para el autoconsumo fotovoltaico y demás equipos, la ejecución de dichas obras de renovación o reparación, tributaría al tipo del 10%. Pero la adquisición de las placas solares y demás equipos realizada directamente por la persona física o la comunidad de propietarios, constituiría una entrega de bienes sujeta al tipo general del 21%.
Obstáculos a superar en el autoconsumo
En abril de 2019, el Gobierno aprobó un decreto que regula las condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo de energía eléctrica.
La Alianza por el Autoconsumo dijo entonces que se trata de un paso hacia adelante en el fomento de esa actividad. Pero precisó que al mismo tiempo, deja en el tintero «otras modificaciones y detalles que habría que mejorar. Para garantizar el ejercicio del derecho individual y colectivo a producir, consumir, compartir, gestionar o vender la propia energía».
Lamenta la organización que existen «algunos ayuntamientos que imponen trabas que obstaculizan y complican el fomento y el desarrollo del autoconsumo». Complicando innecesariamente trámites administrativos que en realidad deberían ser muy sencillos de ejecutar.
Asimismo exigen la presentación de documentación compleja y demorando inexplicablemente sus respuestas una vez el contribuyente ha emprendido el proceso.
Mientras tanto, la UNEF reitera su pedido de obtener un tratamiento tributario más flexible para el autoconsumo fotovoltaico. Cuenta que lo ha planteado por diversas maneras al Ministerio de Transición Ecológica.
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