La Unión Europea controlará la entrada y salida de efectivo. El Consejo Europeo ha adoptado este martes un reglamento destinado a mejorar los controles de efectivo en el espacio comunitario. Esto es consecuencia del acuerdo alcanzado en junio con el Parlamento Europeo.
“Es preciso rastrear y eliminar la financiación del terrorismo, el blanqueo de capitales, la evasión fiscal y otras actividades delictivas»; alega el ministro de Hacienda de Austria, Hartwig Löger. «El nuevo reglamento nos facilita los instrumentos necesarios para ser más eficaces ”, sostiene Löger.
Blanqueo de capitales y terrorismo
El reglamento, sostienen fuentes oficiales, mejorará el sistema actual de controles en relación con la entrada o salida de efectivo. Esto significa que la legislación de la UE incluirá normas internacionales contra el blanqueo y la financiación del terrorismo; elaboradas por el Grupo de Acción Financiera Internacional.
En la práctica, el nuevo Reglamento amplia la definición de “efectivo” para abarcar, no solo los billetes y las monedas. La intención, en este sentido, es incluir otros instrumentos o materias primas de elevada liquidez; entre otros, los cheques, los cheques de viaje, las tarjetas de prepago o el oro. El reglamento también se hace extensivo al efectivo enviado por correo, o transportado como mercancía o mediante servicios de mensajería.
Más exigencia en la declaración aduanera
El nuevo acto legislativo amplía la obligación de los ciudadanos que entren o salgan de la UE. En adelante, tendrán que declarar a las autoridades aduaneras el efectivo que lleven por valor igual o superior a 10.000 euros. Se exigirá la declaración con independencia de que los viajeros lleven el efectivo en su persona, en su equipaje o en su medio de transporte. A petición de las autoridades tendrán que presentarlo para su control.
Si este efectivo se envía por otros medios (efectivo no acompañado), las autoridades competentes estarán facultadas para pedir al expedidor o al destinatario que realicen una declaración de revelación de información. Las autoridades estarán facultadas para llevar a cabo controles de cualquier envío, paquete o medio de transporte que pueda contener efectivo no acompañado.
Los Estados miembros intercambiarán información cuando existan indicios de que el efectivo está vinculado a una actividad delictiva. Especialmente, si se interpreta que puede afectar negativamente a los intereses financieros de la UE. Esta información se transmitirá también a la Comisión Europea.
Los Estados pueden aplicar otros controles
El nuevo reglamento no impedirá a los Estados miembros establecer controles nacionales adicionales. La única condición es que dichos controles respeten las libertades fundamentales de la Unión.
El Consejo y el Parlamento Europeo deben ahora firmar el Reglamento adoptado. El texto firmado se publicará en el Diario Oficial de la UE y entrará en vigor a los veinte días de su publicación.
Acabar con las lagunas vigentes
Las normas actuales sobre la circulación de efectivo con origen o destino en la UE (Reglamento 1889/2005) se aplica desde el 15 de junio de 2007. Estas forman parte del marco de la UE para combatir el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo.
La normativa existente exige que los viajeros que entren o salgan de la Unión declaren el efectivo por valor de 10.000 euros o superior a las autoridades. La nueva legislación amplía estas obligaciones.
En palabras del Consejo “es necesaria una nueva normativa habida cuenta de que los terroristas y delincuentes han logrado encontrar formas de eludir las normas sobre controles de efectivo. Es preciso impedir que las organizaciones delictivas cuyas actividades ilícitas generan elevados importes de efectivo se aprovechen de las lagunas de que adolece el sistema actual para trasladar y blanquear el dinero”.
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