Un 52% de los inversores considera que los ESG mejoran el retorno de las inversiones, aunque solo el 15% de los ODS están en vías de lograrse.
El total mundial de activos gestionados en fondos relacionados con los ESG es aproximadamente de 38,1 billones de euros, según Bloomberg Intelligence. Un 52% de los inversores considera que los ESG mejoran el retorno de las inversiones, aunque solo el 15% de los ODS están en vías de lograrse. Para los expertos de Grant Thornton, los conceptos ODS y ESG no son solo teorías o conceptos puramente abstractos, sino que tienen una importancia económica relevante.
La inmensa mayoría de las empresas están obligadas a publicar sus informes de sostenibilidad. El asesoramiento se convierte en consecuencia en un aspecto fundamental para lograr que el cambio de cultura corporativa se vea realmente integrado en el seno de la organización. Los ODS (Objetivos de Desarrollo Sostenible) y los criterios ESG (Environmental, Social, Governance) –que se refieren a la actuación de la empresa en el ámbito medioambiental, social y de gobernanza–, tienen unas consecuencias cruciales, no solo para el conjunto de la sociedad, sino, de manera concreta, a nivel empresarial y productivo.
La CSRD o Directiva sobre información corporativa en materia de sostenibilidad es la nueva normativa a nivel europeo que sustituye a la Directiva 2014/95/UE y que rige desde 2024 la presentación sobre información de sostenibilidad de las empresas de la Unión Europea.
Hasta ahora, se trataba únicamente de captar la información que las empresas facilitaban sobre su estrategia de sostenibilidad y las acciones que llevaban a cabo en este sentido, pero el nuevo reporte supone un cambio paradigmático que obliga a todas las empresas y que podría dejar fuera del mercado a aquellas organizaciones que no cumplan los criterios ESG. Estos informes pretenden impregnar todo el proceso de toma de decisiones de las empresas y sus relaciones con los grupos de interés.
ESTÁNDARES MAS RIGUROSOS Y COMPROMETIDOS
Toda la información no financiera pasa a ser información de sostenibilidad y se equipara a la información financiera. Asimismo, se impone la doble materialidad –financiera y de impacto– que obligará a las empresas a adaptarse a estándares más rigurosos y comprometidos con la sostenibilidad en sus informes corporativos. La inmensa mayoría de las empresas estarán obligadas a publicar sus informes de sostenibilidad, como muy tarde, en 2027.
En 2025 tendrán que entregar sus informes de sostenibilidad las grandes empresas de interés público, de más de 500 empleados, ya sujetas a la directiva sobre información no financiera. En 2026 será el turno de las grandes compañías no sujetas a la directiva sobre información no financiera (de más de 250 empleados o una facturación de 50 millones de euros o 25 millones en activos totales).
Y en 2027 será el turno para las pymes cotizadas, excepto las microempresas, las entidades de crédito pequeñas y no complejas, y las empresas de seguros cautivas. Debido a la falta de conocimiento, de capacidad y de recursos, la existencia de múltiples marcos y sobre todo el cambio en la cultura corporativa.
El asesoramiento se convierte en un aspecto fundamental para lograr que el cambio de cultura corporativa se vea realmente integrado en el seno de la organización a todos los niveles y en todas las operaciones.
“La falta de orientación es una dificultad añadida para las empresas, especialmente para las pymes, que no cuentan con el asesoramiento ni con los medios y recursos necesarios para dar ese paso transformador hacia una cultura corporativa más sostenible”, asegura Marga Guitart, abogada de Laboral de Grant Thornton, la prestigiosa firma de servicios de auditoría, consultoría de negocio, tecnología e innovación y asesoramiento fiscal, legal, laboral y financiero integrada en una de las organizaciones mundiales líderes en servicios profesionales, Grant Thornton Internacional.
GRANT THORNTON Servicios de auditoría, consultoría y asesoramiento fiscal, legal y financiero
MARGA GUITART
Abogada del equipo Jurídico Laboral
SERGI PUIG SERRA
Socio de Auditoría
AURORA SANZ
Socia Directora de Laboral
JAIME ROMANO
Socio Director de Consultoría de Negocio e Innovación
Integrar las cuestiones ESG en toda la cadena de valor de las empresas es uno de los principales retos en materia de sostenibilidad. ¿Qué consecuencias económicas tiene tanto para las organizaciones como para la sociedad esta exigencia crucial en la información corporativa?
SERGI PUIG SERRA. La nueva Directiva Europea de sostenibilidad (CSRD) extiende la obligación de reportar estrategias, objetivos y métricas, además de los propios internos de las compañías, a todos los componentes significativos de su cadena de valor (tanto “aguas arriba” como “aguas abajo”).
El impacto más inmediato de esta medida es que habrá muchas empresas que si bien, por razones de tamaño, la CSRD no les es de aplicación directa, sí que se verán obligadas a alinearse en muchos aspectos de la misma si quieren seguir sus relaciones comerciales con las grandes empresas sujetas a la nueva Directiva.
En procesos tales como homologación de proveedores, licitaciones, concursos públicos, etc., los criterios ESG adquirirán un peso cada vez mayor y aquellas empresas, incluidas las pymes, que no se adapten a estas nuevas exigencias tiene el riesgo de quedarse fuera del mercado.
Desde el punto de vista laboral nacen y/o se refuerzan obligaciones legales en varias materias, como puede ser la prevención de riesgos laborales, aspectos retributivos, los planes de igualdad y LGTBI, protocolos contra el acoso y la discriminación, así como otras medidas de diversidad. Asimismo, existe un creciente énfasis en la protección de los derechos humanos dentro del marco de la legislación laboral.
En definitiva, esta batería de medidas tiene como resultado un incremento de coste derivado de su implantación y, en su caso, el derivado de las potenciales sanciones en caso de su no cumplimiento, entre las que se encuentran las sanciones accesorias como la imposibilidad de optar a licitaciones públicas y a posibles bonificaciones. Finalmente cabe destacar el impacto negativo de los posibles daños reputacionales para la compañía, ya que los inversores reclaman cada vez más transparencia por parte de las empresas en estos temas.
JAIME ROMANO. De este modo, la ampliación del alcance de los impactos de los criterios ESG en toda la cadena de valor va a suponer la necesidad de crear o reforzar los mecanismos de identificación, evaluación y seguimiento que las empresas deben de tener para asegurar de manera continua el cumplimiento de dichos criterios. En consecuencia, esto supondrá reforzar la estructura organizativa que articule dichos mecanismos, así como incorporar los medios humanos o técnicos necesarios para su gestión y mejora continua.
Más de la mitad de los inversores estima que los ESG mejoran el retorno de las inversiones. ¿Por qué esta circunstancia no se refleja o lo hace en un mínimo porcentaje en el cumplimiento de los ODS, lo que ha llevado a un retroceso en el desempeño de la Agenda 2030?
AURORA SANZ Y MARGA GUITART. El último informe sobre el progreso en el cumplimiento de los ODS publicado el pasado verano indica que únicamente el 15% de los objetivos están camino de cumplirse, lo que indica un ligero progreso. La idea de que las empresas tengan un papel activo en el desarrollo y la sostenibilidad es relativamente reciente. Hasta los primeros años del siglo XXI eran conceptos asociados directamente con los Estados y el ámbito público, pero dicha visión ha ido cambiando en los últimos 20 años.
Las Líneas Directrices de la OCDE, los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos de las Naciones Unidas y la participación del sector corporativo en el Partenariado de Busan son muestras de este lento, pero progresivo cambio.
Los ODS contienen indicadores y métricas que permiten a las empresas monitorizar el grado de compromiso y ejecución de las políticas que adoptan relacionados con la Agenda 2030. Esto nos ayuda en la elaboración de nuestros informes ya que los criterios ESG están directamente relacionados con los ODS. Los inversores ya no buscan solo la rentabilidad y los beneficios, sino que hay un interés creciente por invertir en empresas sostenibles y que sean socialmente responsables.
Según un estudio elaborado por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 y la Red Española del Pacto Mundial de Naciones Unidas, cuatro de cada diez empresas aún no cuentan con perfiles especializados en sostenibilidad y el 32% ni siquiera tiene una estrategia en este ámbito. ¿Qué retos deberán abordar las organizaciones para cumplir con el reporte de sostenibilidad?
AURORA SANZ Y MARGA GUITART. Para cumplir con el reporte de sostenibilidad, las compañías deberán abordar una serie de retos que les permitan integrar adecuadamente la sostenibilidad en sus operaciones y en su gestión. El principal reto es la integración de la sostenibilidad en la cultura empresarial, que incluye, entre otros aspectos, la capacitación y la formación, así como la contratación de perfiles especializados y la implementación de sistemas de gestión de la sostenibilidad.
Para ello es necesario un asesoramiento especializado para comprender el impacto que las iniciativas ESG tienen tanto dentro como fuera de la compañía. En muchas ocasiones, y particularmente para las pymes, la gran cantidad de normas dificulta su puesta en marcha, al carecer muchas de ellas de los medios y recursos necesarios para dar ese paso transformador hacia una cultura corporativa más sostenible.
Por otro lado, conseguir que el cambio de cultura corporativa no sea únicamente sobre el papel, sino que se vea realmente integrado en el seno de la organización a todos los niveles y en todas las operaciones, incluida la forma de hacer negocios, es complejo y requiere de tiempo y de los esfuerzos de todas las personas que conforman la plantilla de la compañía incluyendo el consejo de administración y la dirección.
JAIME ROMANO. En todo caso, el cumplimiento de los criterios ESG ya regulados, sobre todo en la parte medioambiental (E), como en aquellos pendientes de regulación definitiva, como es la parte social (S), está sobrepasando la concepción inicial que se creó por parte de Naciones Unidas al generar los ODS y la Agenda 2030.
Hoy en día, la mayoría de las empresas globales utilizan los ODS como una referencia o un punto de partida en el cumplimiento de su hoja de ruta en materia de sostenibilidad, pero, por otro lado, la identificación de estructuras ESG en sus organigramas, con la creación en muchos casos de nuevos puestos como el Chief Sustainability Offcier (CSO), están dotando a las empresas de una visión más amplia, no exclusivamente regulatoria o centrada en el concepto de cumplimiento con los ODS, para incorporar nuevas líneas de acción mucho más estratégicas y más alineadas con la mejora de los procesos que implican a toda la cadena de valor de dichas empresas.
¿Han comprendido las empresas que el reporte ESG tiene el mismo valor que los informes financieros? ¿Qué beneficios aporta combinar ambos reportes?
SERGI PUIG SERRA. A escala europea existe el claro propósito de poner al mismo nivel de importancia tanto la información financiera como la de sostenibilidad. El principal problema para las empresas es que, en su gran mayoría, no disponen de sistemas de reporting y control interno referentes a temas ESG lo suficientemente instaurados para poder dar una respuesta a los nuevos requisitos normativos que en estas materias se les están exigiendo en un periodo muy corto de tiempo.
El futuro se dirige a un reporte integrado que dé una visión global de la situación de las empresas y en los cuales la frontera entre información financiera y no financiera será cada vez menos clara. No debemos olvidar que una de los aspectos en los que la nueva CSRD incide de forma significativa es que las empresas deberán cuantificar el impacto financiero en sus balances y cuentas de resultados de sus riesgos en materia de sostenibilidad, tener en cuenta dichos riesgos financieros en su análisis de materialidad y explicar la estrategia a corto, medio y largo plazo para afrontar los mismos.
«La sostenibilidad en el ámbito empresarial va a seguir avanzando y tendrá un claro impacto en el ámbito laboral, particularmente en recursos humanos. Nada de todo esto será plenamente eficaz sin un cambio de cultura en el seno de la compañía, incluidas las personas trabajadoras, los cargos ejecutivos y el consejo de administración”.
¿Cuáles son los componentes claves sobre los que hay que informar?
SERGI PUIG SERRA. La nueva Directiva introduce nuevos requisitos sustanciales de información relacionados con la sostenibilidad. Todas las divulgaciones relevantes ahora se extenderán a toda la cadena de valor de la empresa, incluidos los productos y servicios, las relaciones comerciales y la cadena de suministro.
Las principales novedades, con respecto a la Directiva de información no financiera (NFRD) y su trasposición española mediante la Ley 11/2018 de información no financiera vigente actualmente, son:
MÁS INFORMACIÓN. Las empresas ahora deberán informar:
- Detalles específicos sobre su modelo de negocio y la estrategia, con especial referencia a las oportunidades relacionadas con la sostenibilidad, la resiliencia y los planes para garantizar la compatibilidad con la transición a una economía climáticamente neutra y la limitación del calentamiento global a 1,5°C.
- Objetivos de sostenibilidad, incluidos, cuando proceda, los objetivos de reducción de emisiones de GEI (alcance 1, 2 y 3) para 2030 y 2050 y una descripción de los avances pertinentes.
- El papel, la experiencia y las habilidades de los órganos de gobierno en la gestión y supervisión de aspectos en materia de sostenibilidad, así como la existencia de incentivos de sostenibilidad ofrecidos a dichos miembros.
- Las políticas de sostenibilidad implantadas en la empresa.
- El proceso de due diligence implementado en materia de sostenibilidad.
- Los principales impactos adversos reales o potenciales relacionados tanto con su actividad como con su cadena de valor.
- Cualquier acción tomada para prevenir, mitigar, remediar o poner fin a los impactos adversos reales o potenciales, y sus resultados.
- Cómo se identifican y gestionan los principales riesgos y oportunidades en materia de sostenibilidad.
Dentro del ámbito laboral, nos centramos en los criterios sociales, es decir, la “S” de los ESG y estos son algunos de los elementos sobre los que se debería reportar, sin ánimo de ser exhaustivos:
- Medidas en materia de igualdad de trato y oportunidades que incluyen aquellas contra la discriminación en el marco de la ley 15/2022, remuneración, formación, personas con discapacidad, planes de igualdad y planes LGTBI+, medidas contra la violencia y el acoso en el lugar de trabajo, etc.
- Información sobre las condiciones de trabajo que incluye: salarios, negociación colectiva, tiempo de trabajo, empleo seguro, conciliación y corresponsabilidad, salud y seguridad laboral, etc.
- Medidas sobre el respeto y protección de los derechos humanos, que incluyen el respeto a la Carta Internacional de Derechos Humanos, medidas contra el trabajo infantil, trabajo forzoso, respeto convenciones OIT y otras convenciones internacionales con impacto en el ámbito laboral, etc.
- Información sobre las medidas relativas a la protección de datos en el trabajo y de las personas trabajadoras
DOBLE MATERIALIDAD. La doble materialidad es una piedra angular de la nueva CSRD. La información sobre sostenibilidad deberá confeccionarse sobre una base de doble materialidad. Esto significa que las empresas tendrán que, en base al resultado de un análisis de impactos, riesgos y oportunidades, identificar tanto el impacto que provoca la empresa en la sociedad y el medio ambiente (materialidad de impacto Inside-out), como del impacto del medio ambiente, personas y sociedad en el valor de la empresa en términos de acceso a los recursos clave y las relaciones necesarias (materialidad financiera – Outside-in).
NORMAS DE PRESENTACIÓN DE INFORMES DE SOSTENIBILIDAD. La divulgación de información deberá llevarse a cabo de conformidad con los Estándares Europeos de Reporting de Sostenibilidad (ESRS) desarrollados por el European Financial Reporting Advisory Group (EFRAG). La Comisión adoptará el primer conjunto de estándares a más tardar el 30 de junio de 2023 y especificará estándares complementarios y sectoriales antes del 30 de junio de 2024.
La nueva Directiva especifica que los nuevos estándares intentarán, en la medida de lo posible, evitar imponer una carga administrativa a las empresas, por lo que tendrán en cuenta las diversas iniciativas mundiales en materia de reporting de sostenibilidad que ya vienen siendo utilizadas hasta la fecha. Así mismo, la nueva Directiva establece que deberá reportarse en formato electrónico y etiquetado digital común para todas las empresas de UE.
Estos informes deberán ser verificados por un experto independiente que aporte el correspondiente assurance. ¿Están preparadas las empresas para una verificación externa? ¿Cómo deben abordarla?
SERGI PUIG SERRA. En España la verificación por parte de un experto independiente ya estaba contemplada en la Ley 11/2018 (EINF); con la CSRD esta obligación se extiende a todos los países miembros de la UE. En una fase inicial el alcance de la verificación será limitado y se contempla que en 2028 pueda pasarse a un aseguramiento razonable, es decir, el mismo que se exige en una auditoría de CCAA.
El reto para poder pasar del alcance limitado al razonable es que las empresas sean capaces de instaurar unos sistemas de compilación de la información, reporting y control interno lo suficientemente fiables para poder asegurar la calidad e integridad de los datos.
¿Hasta qué punto el asesoramiento es un factor fundamental para el cambio de cultura corporativa?
AURORA SANZ Y MARGA GUITART. El asesoramiento externo ofrece una visión objetiva y basada en la experiencia sobre las necesidades reales de la empresa en cuanto al cambio de cultura corporativa, y ofrece el know-how y el acompañamiento necesario para que las empresas que tienen dificultades puedan realmente implementarlo en su seno.
Desde Grant Thornton ofrecemos asesoramiento integral a nuestros clientes gracias a un equipo multidisciplinar que abarca todas las áreas relacionadas con los ESG y que trabaja de manera transversal.
JAIME ROMANO. Finalmente, ese asesoramiento externo aporta una visión mucho más global dado que cuenta con las experiencias de muchas empresas posicionadas en diferentes áreas geográficas, que permiten generar un benchmarking de actuaciones multidisciplinares que aportan un claro valor añadido a los clientes que, ya sea por necesidad de cumplir una regulación, ya sea por una mayor sensibilización hacia los criterios ESG –y éstas son cada vez más numerosas–, necesitan tener claro los pasos a dar en base a experiencias similares.
¿Qué aporta incluir como parte del reporte ESG, el uso y alineamiento con las normas existentes en el ámbito de la sostenibilidad (UNE, EN, ISO e IEC?
AURORA SANZ Y MARGA GUITART. Incluir el alineamiento de nuestra compañía con normas como las ISO o las UNE nos facilita el reporte sostenible ya que nos ofrece guías y directrices estandarizadas para elaborar nuestras políticas internas en áreas como los recursos humanos, la prevención de riesgos laborales o la implementación de criterios sostenibles. Adoptar estas normas estandarizadas es una ayuda a la hora de establecer nuestros indicadores y métricas que, posteriormente serán necesarios para la elaboración de nuestro informe de sostenibilidad.
Muchas de estas normas ISO/UNE están ligadas a los ODS, lo que facilita además el alineamiento con ellos. Por ejemplo, en el ámbito laboral destacan la ISO 45001, sobre prevención de riesgos laborales, y la ISO 45003, sobre riesgos psicosociales, ligados con el ODS 3 en materia de salud y bienestar, o toda la línea de ISO 30400 en materia de recursos humanos, vinculada al ODS 8 sobre trabajo decente. Hay que destacar, además, la nueva norma UNE 19604 en sistemas de gestión sociolaboral, que es el primer estándar en esta materia, aunque solo es de ámbito nacional.
JAIME ROMANO. En un contexto donde muchas empresas están sometidas a una regulación en ocasiones “interpretable” y otras tantas empresas están ubicadas en áreas donde no ha llegado aún la regulación en materia ESG, la incorporación de estas normas contribuye a estandarizar el cumplimiento de las actuaciones que se están desarrollando en materia de sostenibilidad.
Entendemos que deberán seguir jugando un papel fundamental, y que formarán parte de los criterios que deberán extenderse a todos los componentes de la cadena de valor para que la empresa se muestra de cara a sus grupos de interés como alineada con los criterios ESG
¿Cómo incorporar la doble materialidad en la práctica como principio fundamental para la evaluación de impactos, riesgos y oportunidades?
SERGI PUIG SERRA. La doble materialidad significa que las empresas, en base al resultado de un análisis de impactos, riesgos y oportunidades, tendrán que identificar tanto el impacto que provoca la empresa en la sociedad y el medio ambiente (materialidad de impacto Inside-out), como del impacto del medio ambiente, personas y sociedad en el valor de la empresa en términos de acceso a los recursos clave y las relaciones necesarias (materialidad financiera – Outside-in).
La materialidad de impacto ya estaba, con distintos niveles de calidad, siendo medida por las empresas sujetas a la Ley 11/2018 (EINF); la materialidad financiera es una novedad de la CSRD y obligará a las empresas a realizar un profundo análisis, teniendo en cuenta distintos escenarios, de cómo los riesgos y oportunidades, sobre todo de los aspectos medioambientales, pueden impactar financieramente en sus balances y cuentas de resultados tanto a corto, medio como largo plazo.
Serán análisis difíciles de realizar ya que en muchos casos van a exigir proyectar escenarios con distintas hipótesis y, por tanto, tendrán un alto grado de incertidumbre.
Además de los ODS, los criterios ESG contemplan aspectos sociales como la diversidad, la igualdad, la salud o la seguridad. ¿Se puede afirmar que los derechos humanos impregnan el ecosistema ESG?
AURORA SANZ Y MARGA GUITART. Los criterios sociales vienen a ser una recopilación de todos los derechos que se han ido logrando en el último siglo, particularmente a raíz de la Carta Internacional de los Derechos Humanos. Este catálogo de derechos ha sido poco a poco desarrollado mediante el trabajo de la OIT y de otros organismos internacionales como el Consejo de Europa o la propia Unión Europea.
De esta forma, todos los derechos que hoy tenemos y que se incluyen dentro de los criterios sociales como, por ejemplo, la remuneración salarial, la igualdad de género, las condiciones de trabajo justas, el derecho a la negociación colectiva o el dialogo social, etc., se encuentran reconocidos y protegidos por la legislación internacional y nacional.
Por lo tanto, sí que se podría decir que los derechos humanos impregnan todo el ecosistema de los ESG, al ser su objetivo lograr una sociedad más justa y sostenible asegurando la prosperidad de todos.
¿Cómo va a afectar la inteligencia artificial en recursos humanos y la digitalización en la forma en que se recopilan y reportan los datos?
AURORA SANZ Y MARGA GUITART. Es evidente que la inteligencia artificial trae consigo múltiples ventajas en los departamentos de recursos humanos de las empresas, pues el uso de algoritmos implica una mayor eficiencia de los procesos y una reducción de los tiempos empleados, por ejemplo, en la selección de personas en las contrataciones.
Sin embargo, la IA y la digitalización en el marco de los recursos humanos y de la recopilación de datos plantea un gran desafío: la vulneración de los derechos fundamentales de las personas trabajadoras. Esto es porque los algoritmos no dejan de ser fruto de una automatización que no tiene en cuenta las circunstancias personales, lo que puede resultar en decisiones sesgadas no transparentes o discriminatorias que atenten contra dichos derechos fundamentales.
Para evitar estas situaciones se hace indispensable la creación de un sistema compatible con el respeto a los derechos fundamentales adaptados a la era digital. En este sentido, desde una perspectiva europea se están haciendo grandes esfuerzos con el fin de mejorar las condiciones laborales y aumentar la transparencia en el uso de los algoritmos, garantizando el control humano y el derecho a impugnar aquellas decisiones puramente automatizadas.
JAIME ROMANO. De otro modo, como hemos podido comprobar, el gran problema que están teniendo las empresas con las que colaboramos es la obtención de unos datos que sean consistentes, homogéneos, trazables, comparables, etc.
En consecuencia, una de las prioridades, que trasciende al estricto ámbito de aplicación de los criterios ESG, es la generación de sistemas de calidad del dato que aseguren que los diferentes reportes que se generan cuentan con plenas garantías acerca de su idoneidad. En este caso, esos criterios están ayudando a que las empresas mejores sus sistemas de control y gestión, lo que irá redundando en un mejor posicionamiento de cara a incorporar actuaciones de Buen Gobierno (G) que, al igual que la E, o la S, son clave en el cumplimiento integral futuro en materia de sostenibilidad.
Toda esa información sobre sostenibilidad va a permitir a inversores, consumidores, reguladores y a la sociedad en general tomar decisiones de compra, de financiación, de subvención etc. Quien no se adapte, ¿se verá fuera del sistema?
AURORA SANZ Y MARGA GUITART. La creciente importancia que tienen los stakeholders en el mundo corporativo hace que la reputación sea un elemento clave a cuidar por las compañías. Esto significa que aquellas empresas que no se sometan a las obligaciones en materia de sostenibilidad o simplemente hagan green-washing, pink-washing o SDG-washing, es decir, adopten medidas sobre el papel, pero sin eficacia real, pronto verán cómo sus inversores, clientes y proveedores caen.
La transparencia y el compromiso son dos valores con importancia creciente y que forman parte de los criterios de los distintos stakeholders a la hora de tomar sus decisiones.
JAIME ROMANO. De hecho, en muchas licitaciones públicas, como es el caso de las diferentes administraciones públicas en España, el nivel de exigencia del cumplimiento de estas informaciones está siendo determinante en muchos procesos de licitación; desestimando aquellas que no cumplen, bien las propias empresas, o bien algunos componentes de su cadena de valor (por ejemplo, proveedores estratégicos) que pudieran considerarse actores clave para dichos proyectos.
La cruzada anti-ESG arrasa en Estados Unidos y ya se extiende a Europa. ¿estamos ante un posible enfriamiento regulatorio en materia ESG?
AURORA SANZ Y MARGA GUITART. Es cierto que en Estados Unidos parece que hay un enfriamiento regulatorio en esta cuestión, con nuevas normas limitando el alcance de los ESG en algunos Estados.
Pero, aunque con las elecciones estadounidenses puede que este tema se intensifique, los datos señalan lo contrario. De hecho, datos recientes indican que cada vez más compañías ofrecen informes de sostenibilidad y ESG.
Además, aunque en Estados Unidos se puede estar viviendo un ligero retroceso, en la Unión Europea estamos en una era con nuevas normas como la Directiva sobre reportes de sostenibilidad y el desarrollo de los estándares ESRS que obligan a las empresas a una mayor divulgación, transparencia y rendición de cuentas en relación con las cuestiones ESG.
Todo ello es extensivo también a otros países como Australia, Brasil, Singapur o el Reino Unido, que han tomado medidas activas en toda el área ESG. Este punto es interesante porque incluso China está adoptando normas en estas cuestiones para las compañías cotizadas en sus tres principales mercados bursátiles.
JAIME ROMANO. Finalmente, hay que concluir que, en materia de sostenibilidad, la realidad empresarial está superando en la mayoría de los países a la realidad política/regulatoria. De hecho, en Estados Unidos, la Security Exchange Commission (SEC) sigue adelante con sus criterios de divulgación climática (Scope 1, 2, 3) y otras reglas sobre capital humano a pesar del sentir político de resistencia a la implementación de muchas medidas.
Lo que es claro es que, a diferencia de otras regulaciones en materia de gestión de riesgos y control interno (recordemos COSO, SOX, etc.) que han venido impulsadas desde el continente americano, los criterios ESG están emanando de Europa y están siendo adoptados por otros mercados donde los empresarios han entendido que la implantación de estos criterios mejorará, no sólo sus procesos actuales y su relación con sus stakeholders, sino que les permitirá obtener un posicionamiento diferencial frente a otros más escépticos.
¿A QUÉ EMPRESAS AFECTARÁ
Y QUÉ CALENDARIO DEBEN CUMPLIR?
10-ADOPCIÓN DE LA CDS POR EL PARLAMENTO EUROPEO.
28-ADOPCIÓN DE LA CDS
POR EL CONSEJO DE LA UE.
5-ENTRADA EN VIGOR DE LA CSRD.
6-FECHA LÍMITE PARA SU INCORPORACIÓN A LAS LEGISLACIONES NACIONALES DE LOS ESTADOS MIEMBROS
A PARTIR DEL 1 DE ENERO
PRIMER INFORME PARA EMPRESAS SUJETAS A LA NFRD: GRANDES EMPRESAS QUE SEAN EIP Y CON MÁS DE 500 EMPLEADOS
(PARA EL AÑO FISCAL 2024)
A PARTIR DEL 1 DE ENERO
PRIMER INFORME PARA GRANDES
EMPRESAS ACTUALMENTE NO SUJETAS A LA NFRD, PERO SI SUJETAS A LA LEY 11/2018: QUE A LA FECHA DE CIERRE CUMPLAN DOS DE LOS TRES LÍMITES ESTABLECIDOS > 250 EMPLEADOS / 20M ACTIVOS /40M FACTURACIÓN (PENDIENTE VER SI LA TRASPOSICIÓN A ESPAÑA DE LA
DIRECTIVA CONTEMPLA INCREMENTAR LOS LÍMITES DE ACTIVOS Y FACTURACIÓN
A 25M Y 50M, RESPECTIVAMENTE
(PARA EL AÑO FISCAL 2025)
A PARTIR DEL 1 DE ENERO
PRIMER INFORME PARA PYMES
COTIZADAS, ENTIDADES DE CRÉDITO PEQUEÑAS Y NO COMPLEJAS Y EMPRESAS DE SEGUROS CAUTIVAS
(PARA EL AÑO FISCAL 2026)
INVERSIÓN SOSTENIBLE. El 52% de los inversores cree que los ESG mejoran el retorno de las inversiones, aunque solo el 15% de los ODS están en vías de lograrse