Por Cambio16| Efe
12/02/2016
La fiscal del juicio contra los ocho sindicalistas conocidos como los «ocho de Airbus» ha decidido absolver a dos de los acusados, Edgar Martín y Armando Barco, de todos los cargos que se les imputaban, y reducir las peticiones de pena de los seis acusados restantes.
La fiscal reduce a dos años su petición de pena por el delito contra el derecho de los trabajadores y pide retirar la multa.
Por otra parte, pide a los seis acusados un año de prisión por el delito de atentado y seis meses por cada uno de los delitos de lesiones presentados.
Cada uno de los encausados se enfrentaba a una petición de la Fiscalía de ocho años y tres meses de prisión por lo ocurrido aquel día, 64 años en total, en el que se produjeron altercados y una carga policial.
Según el Ministerio Fiscal, los testimonios y pruebas presentados han probado que, durante aquella jornada de huelga se produjeron «hechos constitutivos de delito», principalmente por incumplir el artículo 315.3 del Código Penal que hace referencia a la coacción durante huelgas a aquellos que quieran trabajar.
La Fiscalía ha hecho referencia a la jurisprudencia del Tribunal Constitucional en este sentido, así como a la pendiente ley de huelga y ha indicado que los acusados realizaron «tareas que sobrepasan los límites permitidos en el derecho de huelga» puesto que la Ley «condena a los piquetes violentos».
En su declaración, que ha basado en el testimonio de los policías y del trabajador del maletín cuyo intento de entrada formó el tumulto, ha indicado que en la puerta de Airbus aquel día se cometió una «coacción grave de la libertad ajena» con el objetivo de conseguir que «varias personas, contra su voluntad, no trabajasen».
Respecto del que fuera presidente del Comité Interempresas de Airbus en aquel momento, José Alcázar, ha reconocido que tuvo «una actitud conciliadora» pero que anteriormente había incitado al resto de concentrados para que no permitiesen la entrada a la factoría de quienes quisieran trabajar.
También ha indicado que, tanto Alcázar como Enrique Gil, Raúl Fernández, Rodolfo Malo y Jerónimo Martín fueron reconocidos por los agentes por cometer agresiones y proferir insultos, si bien no ha hablado del otro imputado, Tomás García, en ningún momento.
Como atenuante de reparación del daño, ha tenido en cuenta que los acusados pasasen en su momento las reparaciones por las lesiones.
Tras las declaraciones de los abogados de la defensa, el juicio quedará visto para sentencia por el magistrado Abel Téllez.