El expresidente catalán, Carles Puigdemont, podrá presentarse en las elecciones europeas a realizarse el próximo 26 de mayo, luego que un juzgado de lo Contencioso-Administrativo de la ciudad de Madrid lo autorizara mediante una sentencia dictada este lunes.
Carles Puigdemont y sus exconsejeros, Toni Comín y Clara Ponsatí, podrán concurrir a las próximas #Elecciones al #ParlamentoEuropeo del 26 de mayo, según han dictaminado los juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, que debían resolver sus recursos. pic.twitter.com/t3V9RvBYdQ
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Al igual que Puigdemont, los exconsejeros catalanes Antoni Comín y Clara Ponsatí podrán ser candidatos en dichos comicios electorales. Los tres políticos irán por las filas de la coalición Lliure per Europa (Junts).
De esta forma, los juzgados 2, 9 y 21 de la ciudad de Madrid rebaten las decisión de la Junta Electoral Central (JEC), que les había prohibido participar en las elecciones por estar prófugos de la justicia española.
Tribunal Supremo avala la decisión
El Tribunal Supremo y la Fiscalía abordaron el tema este fin de semana y decidieron que debían ser los tribunales de los Contencioso-Administrativo, que dicten una sentencia definitiva.
No obstante, antes de tomar esa decisión, varios jueces emitieron su opinión sobre el caso.
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La mayoría estaban de acuerdo que Puidemont y los dos consejeros participaran en las elecciones.
“No concurre causa de inelegibilidad”, consideró en su escrito la Sección Cuarta de la Sala Tercera del Supremo.
Igualmente, el juez de lo Contencioso-Administrativo número 9, Tomás Cobo, consideró que la situación de exilio no es limitante en este.
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“El hecho de encontrarse en rebeldía no impide que puedan ser candidatos, ya que el alto tribunal ha determinado que esta situación de rebeldía no es causa de inegibilidad”, expresó Cobo.
Cobo también explicó la razón por la cual la decisión del Tribunal Supremo se sobrepone ante la de la Junta Electoral Central.
«Cuando en un mismo proceso se dictan resoluciones por distintos órganos judiciales, el que prevalece siempre es el emitido por el órgano de rango superior”, explicó Cobo.
Los argumentos
Los argumentos del alto tribunal destacan que no pueden prohibir a que Puigdemont, Comín y Ponsatí compitan en las elecciones. En este sentido, se presentarán como candidatos de los números 1, 2 y 3 de la coalición Lliures per Europa.
Según el Supremo, la Constitución española avala su dictamen de dejar participar a los catalanes.
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«En los artículos 23.1 y 23.2 de la Constitución, donde se dispone que los ciudadanos tienen el derecho a participar en los asuntos públicos y a acceder a los cargos públicos», expresan los magistrados madrileños.
Asimismo, Cobo también explicó cuál es el único caso por el cual no se le permitiría inscribirse a un candidato en las elecciones.
«El único motivo por el que cual no se podría proclamar a un candidato es que en él concurriera alguna causa de inelegibilidad», finalizó Cobo.
Dos años en el exilio
Puigdemont, una de las figuras más emblemáticas del independentismo catalán, se encuentra exiliado en Bélgica desde 2017, para evitar ser detenido por la justicia española.
A Puigdemont se le acusa de rebelión, sedición y malversación, a causa de su participación en el referéndum de la independencia de Cataluña que fue catalogado como ilegal.
Hi ha un molt bon treball jurídic al darrera de cada victòria aconseguida. Tot aquest potencial el posarem al servei de guanyar causes i projectes per al conjunt dels ciutadans des del Parlament Europeu.El nostre equip sap què té entre mans, com combatre i com guanyar! @JuntsXCat https://t.co/HUYnFdFIqK
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Al igual que Puigdemont, Antoni Comín y Clara Ponsatí tuvieron que salir del territorio español para no ir a prisión.
Aunque la justicia aceptó su postulación a las elecciones europeas, la fiscalía determinó este viernes que si alguno de los tres políticos regresa a España, serían capturados y llevados a prisión.
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