La Junta Electoral Central (JEC) abrió un expediente sancionador al presidente en funciones y candidato en las próximas elecciones generales por el PSOE, Pedro Sánchez, quien hizo uso del palacio La Moncloa para conceder una entrevista como candidato a La Sexta, el pasado 25 de octubre.
Según el expediente de la JEC, Sánchez fungió como candidato y no como presidente en funciones ante el medio de comunicación. El eje central de dicha entrevista fue la exhumación de los restos del dictador fallecido, Francisco Franco.
La JEC consideró que el presidente en funciones vulneró «el principio de neutralidad» de los poderes públicos en periodo electoral.
🔴 ÚLTIMA HORA | La Junta Electoral abre un expediente a Sánchez por el uso de la web de Moncloa con fines electorales https://t.co/NZN4LRapEP pic.twitter.com/oMGadcjh0d
— 24h (@24h_tve) October 30, 2019
«La Junta Electoral Central inicia el expediente al presidente del Ejecutivo, atendiendo a las circunstancias que rodean la entrevista, así como al hecho de que ya se efectuó en fecha reciente un apercibimiento para que se abstuviese de vulnerar el principio de neutralidad, en base a la Ley Electoral», expresa el comunicado.
El organismo también ha obligado al gobierno en funciones a retirar la transcripción de la entrevista de la web de La Moncloa, al menos hasta después de las elecciones.
Asimismo, la Junta Electoral Central ha abierto otro expediente a la ministra Portavoz, Isabel Celaá, por tomar una postura electoralista durante las ruedas de prensa posteriores a los Consejos de Ministros.
Sanción inédita de la JEC
Este paso que ha dado la Junta Electoral Central es una sanción inédita, ya que no se conoce ningún antecedente de apertura de expediente a un miembro del gobierno de España y mucho menos al presidente. Hasta el momento, la JEC solo había hecho advertencias a los políticos de turno.
«Nunca se le ha abierto expediente a un presidente del Gobierno», aseguran fuentes de la Junta Electoral Central al diario El Mundo.
Las sanciones del órgano electoral suelen ser simbólicas, pero muy representativas, tratándose del presidente del gobierno. En este caso, la sanción podría ser una multa de tres mil euros.
«Si abres expediente es para sancionar; si no, quedas mal», expresó un exmiembro de la JEC al mismo periódico.
La Junta Electoral Central concluye que esas declaraciones quebrantaron el artículo, que establece que «desde la convocatoria de las elecciones y hasta la celebración de las mismas queda prohibido cualquier acto organizado o financiado, directa o indirectamente, por los poderes públicos que contenga alusiones a las realizaciones o a los logros obtenidos, o que utilice imágenes o expresiones coincidentes o similares a las utilizadas en sus propias campañas».
El PP promovió la sanción
Esta sanción de la Junta Electoral Central estuvo fomentada y promovida por el Partido Popular. El PP fue la organización que acusó al jefe del Ejecutivo de vulnerar la Ley Electoral por realizar la entrevista en La Moncloa, con La Sexta, que luego se difundió, transcrita, por vía oficial a los medios y desde la web de La Moncloa.
🔴La Junta Electoral expedienta a Sánchez por su uso electoral de La Moncloa.
Quien no defiende nuestro país, desprecia nuestras instituciones ni respeta las reglas del juego no puede seguir siendo presidente del Gobierno.
El #10N podemos evitarlo
👇🏼👇🏼 https://t.co/2uSTV0l1mR— Partido Popular 🇪🇸 (@populares) October 30, 2019
Los populares denunciaron que ese acto de Pedro Sánchez viola el artículo 50.2 de la Ley electoral por «el uso de instalaciones oficiales para realizar una entrevista como candidato en las próximas elecciones, así como el uso del portal oficial de La Moncloa«.
Para más información ingresa a Cambio16
Lee también:
Tribunal Constitucional cancela plan de acción exterior de la Generalitat
Tribunal Constitucional cancela plan de acción exterior de la Generalitat