El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha condenado este jueves al presidente de la Generalitat, Quim Torra, a un año y medio de inhabilitación política y una multa de 30.000 euros por desobedecer la orden de la Junta Electoral y no retirar las pancartas a favor de los presos del procés en el Palau de la Generalitat.
La inhabilitación por desobediencia afectará el ejercicio de cargos públicos electos, “ya sean de ámbito local, autonómico, estatal o europeo”, según indica la sentencia; así como “ejercicio de funciones de gobierno”. El fallo va por la misma línea que las pretensiones de la Fiscalía, que pidió un año y ocho meses.
Sin embargo, ya Torra compareció ante los medios en el Palau y aseguró que recurrirá la sentencia ante el Supremo. “Mi confianza en la justicia española es nula tras la sentencia del procés”, ha dicho el president. “A mí no me inhabilitará un tribunal político, solo me puede inhabilitar el Parlament”, sentenció Torra, que también calificó la sentencia de “injusta”.
Torra seguirá en su cargo hasta que la sentencia sea firme. “Mi condena será su condena. Es así como me expresé frente al tribunal el 18 de noviembre por haber defendido la libertad de expresión de todos los ciudadanos», expresó el presidente de la Generalitat. También avisó que pedirá una votación en el Parlament sobre la condena.
🔴 Quim Torra, sobre su inhabilitación por desobediencia: "Mi condena será su condena (…) La sentencia del TSJC dice que desobedecí y que tiene que inhabilitarme. Un tribunal formado por tres personas desprovistas de la más elemental imparcialidad"
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— RTVE Noticias (@rtvenoticias) December 19, 2019
La sentencia
La condena a Torra es el resultado de los hechos ocurridos durante el período electoral previo a las elecciones generales del 28-A. El 11 de marzo, durante la campaña, la Junta Electoral le ordenó retirar en 48 horas las banderas esteladas y los lazos amarillos, los cuales según el TSJC “tiene un significado partidista, inadmisible en periodo electoral”.
Primeramente, Torra pidió que se reconsiderara y el órgano volvió a pronunciarse el 18 de marzo, dando esa vez un plazo de 25 horas para la retirada de los símbolos independentistas. En ese momento, Torra volvió a dejar pasar la orden y presentó un escrito a la Junta Electoral pidiéndole aclaraciones a pesar de “lo evidente del redactado”, asegura la sentencia.
Torra trató de resolver cambiando los lazos amarillos por unos blancos y cruzados por una raya roja”, afirma el tribunal. “No cabe duda, pues, que además de desatender el mandato de la JEC, asistimos a una voluntad consciente y a una disposición anímica inequívoca de contravención”, añade.
En el juicio, Torra no reconoció la autoridad de la JEC y calificó la orden de “ilegal”. El tribunal rechazó sus argumentos y asegura que mostró una «contundente, reiterada, contumaz y obstinada resistencia» a acatar la orden de un órgano «investido de autoridad» que dictó órdenes «conforme a la legalidad».
Reproche a la defensa de Torra
La magistrada Mercedes Armas leyó la sentencia, en la que también se responde a la defensa de Torra. Su abogado, Gonzalo Boye, recriminó a algunos miembros de la Junta por estar en contra del procés. El Tribunal considera que entró “en un terreno inadmisible, cual es el de los posicionamientos políticos de algunos de los vocales de la Junta y que, en absoluto, pueden convertirse en el eje alrededor del cual giren estos hechos”.
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