Por Cambio16
12/9/2017
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El Pleno del Congreso aprobará hoy el endurecimiento de penas por imprudencias graves en carretera. Para ello, debate una proposición de ley orgánica del PP con la que se busca modificar el Código Penal. Se trata de las penas de cárcel en caso de improcedencia grave. como se observa frente a los atropellos de ciclistas. Sobre todo en los casos de omisión de socorro en carretera. Estas conductas serán castigadas con hasta nueve años de cárcel (hasta ahora eran solo cuatro).
La intención de este texto es unificar la valoración de imprudencia grave en un accidente de tráfico. Hasta ahora, era el juez de forma individual quien decide si la imprudencia es grave, menos grave o leve. Un pronunciamiento de acuerdo con las circunstancias concurrentes en el hecho.
Así, con el nuevo texto registrado, cualquier conducción que atente contra la integridad de las personas «siempre» será imprudencia grave. En ningún caso «cabrá margen de interpretación». También se aplica en los delitos contra la seguridad vial por exceso de velocidad o bajo la influencia de drogas o del alcohol.
Penas e imprudencia grave
Por otra parte, abre la posibilidad de permitir al juez que pueda elevar la pena por encima del máximo actual. Así se contempla en los casos de imprudencias graves con resultado de varias víctimas. En el supuesto de un conductor que como resultado de un atropello a un grupo de peatones o ciclistas cause varios muertos, pueda imponérsele una pena de hasta nueve años de prisión. La legislación actual establecía hasta ahora una condena máxima de cuatro años de cárcel.
Esta propuesta introduce también la eliminación de la regla por la que con el Código Penal actual, cuando un conductor comete un delito contra la seguridad vial que además produce resultados lesivos o muerte, sólo es castigado por la infracción más grave. Con la reforma, se posibilitaría que todas las infracciones del conductor previas al accidente se puedan sancionar de forma independiente. Se permite así una mayor pena si concurren las circunstancias para hacerlo.
Abandono del lugar
También se introduce el delito de abandono del lugar del accidente cuando hubiera previsiblemente víctimas graves o mortales. Se pena además, el abandono aunque el conductor implicado nada pueda hacer por la víctima que hubiera fallecido y por tanto no pueda socorrerla.
Se considera que se trata de una conducta dolosa e independiente del delito imprudente previo. Asimismo se sanciona la maldad intrínseca al abandono de quien sabe que deja atrás a alguien que pudiera estar lesionado o incluso fallecido.
Esta norma es «una demanda» de los ciclistas. El objetivo es «proteger» a los usuarios de la bicicleta y a los peatones. También «concienciar» a la sociedad «en la prudencia en la conducción y en el respeto a los ciclistas».