Para la Fiscalía no hay duda: la gestión del Gobierno para contener la pandemia fue acorde a la situación. Por ello, solicita a la Sala Segunda de lo Penal del Tribunal Supremo que desestime las querellas interpuestas contra el Ejecutivo.
Los querellantes fueron el partido Vox, la Asociación de Abogados Cristianos, la Asociación HazteOir.org, la Asociación Profesional de la Guardia Civil (Jucil). El Colectivo Profesional de Policía Municipal de Madrid, el Consejo General de Colegios Oficiales de Enfermería de España, la Confederación Estatal de Sindicatos Médicos. También la Asociación de Médicos Titulados Superiores, la Central Sindical Independiente de Funcionarios (Cesif), la Central Unitaria de Traballadoras (CUT) y la Asociación Terra Sos-Tenible. Además de algunos particulares y un colectivo de 3.268 personas.
Se trata de un informe de más de 300 folios. En estos, la Fiscalía —que ve “positiva” la gestión del Gobierno para contener la pandemia— expresa que la responsabilidad criminal se les atribuye a los responsables del Ejecutivo de una “forma difusa y genérica no por su concreta intervención en unos hechos delimitados y claramente precisados”. Y aprovecharon para descargar en las comunidades autónomas la responsabilidad sobre las manifestaciones ocurridas el pasado 8-M.
Los acusados son Pedro Sánchez, Pablo Iglesias, Salvador Illa y Fernando Grande-Marlaska bajo los cargos de homicidio, lesiones imprudentes, prevaricación administrativa. También contra la seguridad de los trabajadores o desobediencia.
Los argumentos de la Fiscalía sobre las querellas
Los fiscales, a cargo del teniente fiscal Luis Navajas, dieron “respuestas repetitivas” a cada querella interpuesta por asociaciones, partidos políticos y colectivos:
- Prevaricación por omisión: “No existen elementos que permitan afirmar que el Gobierno se mostrara poco ágil o poco diligente. Adoptó el estado de alarma el 14 de marzo sin que exista dato alguno que acredite que se daban objetivamente los presupuestos jurídicos para hacerlo. No consta que ninguna de las Administraciones, cuyo territorio se encontraba ya entonces afectado por el COVID-19, hubiera instado al Gobierno a tomar esa medida”.
- Prevaricación por acción: “Tampoco se ha justificado tan siquiera indiciariamente en qué contribuyó la actuación de los querellados a crear o aumentar un riesgo que, además de no resultar preexistente, parece palmario que jamás se halló, ni pudo hallarse, controlado. Extremo que impide equiparar la inacción que se les atribuye a la causación efectiva de múltiples muertes».
- Riesgos laborales: “Las referencias genéricas a la falta de equipos y la falta de control sobre los adquiridos, junto al hecho de que no se identifiquen las víctimas directas de esa supuesta carencia, impide determinar que exista no solo responsabilidad penal, sino tan siquiera vulneración alguna de la normativa».
- Material defectuoso: “El ministro de Sanidad, Salvador Illa, no era el responsable directo de ninguna de esas compras, sino la Dirección General de Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia, que depende de su ministerio”.
- Conductas individuales: “La Fiscalía encuentra que se atribuye una responsabilidad criminal objetiva al Ejecutivo sin concretar qué conducta de cada uno merecería reproche, lo que quebranta el principio de culpabilidad”.
Fiscalía pasa la pelota al Tribunal Supremo
Ahora la decisión se encuentra del lado de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo. Tendrán que resolver si continúan con lo expuesto por la Fiscalía y, así, rechazar la veintena de querellas. O iniciar una investigación respecto a estas.
Por otra parte, aún queda pendiente otro informe que la Fiscalía debe entregar al alto tribunal. Este se refiere a una treintena de denuncias contra el Ejecutivo.
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