Por Cambio16
01/06/2017
La fiscal general de Venezuela, Luisa Ortega Díaz, calificó hoy como un «retroceso» la decisión del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) que avala la celebración de elección de una Asamblea Nacional Constituyente para modificar la Constitución sin hacer una consulta previa a los ciudadanos e introdujo hoy un documento ante la Sala Constitucional de ese organismo para solicitar que se aclare la sentencia 378, en donde se aclaran los artículos 347 y 348 de la Constitución, y que resolvió este jueves que el presidente, Nicolás Maduro, está capacitado para convocar a la elección de la Asamblea Constituyente sin que haya un referendo previo, tal como lo hizo el pasado 1 de mayo, un proceso que se completará con la elección de los nuevos redactores de la carta magna el próximo mes de julio.
«Esta sentencia es un retroceso en materia de derechos humanos (…) Ahora se pretende vulnerar la progresividad de los derechos humanos mediante un proceso constituyente donde la participación popular ha sido reducida a su mínima expresión», dijo la titular del Ministerio Público tras consignar un documento en la máxima corte (…) Convocar a este proceso, que acabará con la modificación de una constitución aprobada hace 16 años tras un referendo, «vulnera la progresividad de los derechos humanos consagrados en esta Constitución», dijo Ortega.
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La fiscal general además señaló que esa consulta a la que ella se refiere «debe tener más participación de la que se tuvo en 1999 o igual participación porque de lo contrario sería otro retroceso».
La funcionaria recordó al fallecido presidente Hugo Chávez, mentor y antecesor de Maduro, cuando dijo: «convoquemos la soberanía popular para que ejerza su voluntad absoluta, ¿acaso le tenemos miedo a la soberanía popular? ¿no hablamos de democracia, pues?».
Ortega defendió como «el único soberano en la tierra es el pueblo, no hay otro, en consecuencia es el pueblo el que debe participar y no ser reducido a una mínima participación», recalcó.
Además ha pedido una «aclaratoria» al máximo tribunal sobre si «perdió vigencia la democracia participativa y protagónica, y si se revivió o está renovada la vigencia de la extinta democracia representativa».
A su juicio en la letra de la sentencia del TSJ sobre la constituyente «parece que se elimina la democracia participativa y protagónica», y dijo que además está «solicitando que se aclare si la soberanía reside intransferiblemente en el pueblo».
La fiscal sostiene que «la única forma» de convocar a una Asamblea Constituyente es «si la convoca el pueblo», y que la decisión emanada de un poder que actúa en representación del pueblo, no está por encima del pueblo mismo.
Ha pedido a la Sala Constitucional que diferencie entre «la convocatoria» e «iniciativa de convocatoria» entre los que distingue el texto constitucional para referirse al poder que tienen los ciudadanos y el que tiene, por ejemplo, el jefe de Estado para convocar la constituyente.
Porque, tal como está planteado, «el pueblo tiene menores posibilidades que los poderes constituidos para convocar una Asamblea Nacional Constituyente«.