Este martes el Gobierno prevé derogar en Consejo de Ministros una medida del artículo 52 del Estatuto de los Trabajadores que atañe a los derechos laborales y presenta una serie de situaciones que podrían justificar la extinción de un contrato por causas objetivas.
El apartado “d” especifica que un contrato de trabajo puede extinguirse por faltar al empleo aun cuando las faltas sean justificadas e intermitentes.
Nuestra colaboración con la @OIT_ES siempre será estrecha. Así se lo he trasladado a su director de la oficina en España, Joaquín Nieto. La norma laboral solo se puede ver con ojos internacionales y queremos que nuestro país lidere en el mundo la lucha por un trabajo decente. pic.twitter.com/hTRZq7kiru
— Yolanda Díaz (@Yolanda_Diaz_) February 12, 2020
Estatuto de los Trabajadores, artículo 52, apartado «d»
El apartado «d» del artículo 52 no establece como faltas al trabajo ausencias por huelga, parto, lactancia, paternidad, vacaciones, enfermedad o accidente no laboral, entre otras situaciones. El miércoles Yolanda Díaz, ministra de Trabajo y Economía Social, anunciaba la derogación de esta medida que con variadas modificaciones ha estado vigente desde 1980.
En octubre pasado el Tribunal Constitucional rechazó un recurso de inconstitucionalidad contra el despido por inasistencia al trabajo. El juzgado de lo Social número 26 en Barcelona presentó una medida de inconstitucionalidad del apartado por considerar que podría ser contrario a los artículos 15, 35.1 y 43.1 de la Constitución que atañen a los derechos a la integridad física, al trabajo y a la protección de la salud.
Desde ese entonces, los sindicatos se han movilizado exigiendo al Gobierno que lo derogue, pues permite que personas vulnerables con justificación médica sean despedidas.
De acuerdo con Isabel Araque, secretaria confederal de la UGT (Unión General de Trabajadores), la sentencia del Tribunal Constitucional muestra cómo la ley antepone el beneficio económico de las empresas al derecho de los trabajadores. La ley afecta en especial a los trabajadores más vulnerables, como empleadas dedicadas al servicio doméstico, contact center, dependencia, limpieza y cadenas de producción en línea.
Desde el sector empresarial
Por su parte, el presidente de la CEOE (Confederación Española de Organizaciones Empresariales), Antonio Garamendi, señaló que el sector empresarial no se opondrá a la derogación . Pero que los primeros siete días de bajas justificadas lo debería pagar la Administración. Actualmente, los primeros quince días de baja los pagan las empresas.
Garamendi dijo que habría que poner el peso del otro lado de la balanza y comenzar a hablar del absentismo profesional en España. Además recordó que gracias a esa medida, muchas empresas no cerraron en medio de la crisis y generaron quinientos mil puestos de trabajo. El presidente de la patronal señaló que este sector está abierto a dialogar con el Gobierno y los sindicatos, «aunque hay temas que no se podrán conversar».
En el panorama no se avizora alguna otra derogación en el Estatuto de los Trabajadores. Ya se sabrá el martes el resultado del debate en el Consejo de Ministros sobre una derogación que afecta a todo el conjunto productivo: trabajadores, empresarios y Gobierno.
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