Los servicios de inteligencia de Alemania no pueden vigilar la información que proviene del extranjero sin un motivo concreto, dictaminó el Tribunal Constitucional de ese país.
La sentencia, que fue calificada por Reporteros sin Fronteras como histórica, indica que las prácticas de vigilancia están sujetas a los derechos fundamentales aunque se produzcan fuera de territorio alemán. Por tanto, la ley en vigor que las regula infringe el derecho al secreto de las comunicaciones y el derecho a la libertad de prensa.
#Alemania Sentencia histórica sobre la libertad de prensa en la era digital: el Tribunal Constitucional alemán declara inconstitucional el #espionaje masivo internacional llevado a cabo por el Servicio de Inteligencia https://t.co/K8frj2PBgW #BND @ReporterOG
— RSF en español (@RSF_esp) May 19, 2020
«Esto afecta tanto a la recolección y el procesamiento de datos, como a la transmisión de estos datos a otras instituciones y a la cooperación con servicios de inteligencia extranjeros», puntualizó la sentencia emitida este martes, reseñó Deutsche Welle.
El tribunal con sede en Karlsruhe (sur de Alemania) establece, sin embargo, que sí es posible remodelar la ley que regula la actividad del Bundesnachrichtendienst (BND), el servicio secreto extranjero. En ese sentido dio plazo hasta finales de 2021 para adaptar la legislación y cumplir así con los principios constitucionales.
La ley actual, de 2017, autoriza al BND a revisar el tráfico de datos a gran escala sin que existan sospechas concretas. Es legal interceptar las comunicaciones de extranjeros en el extranjero, a pesar de que los ciudadanos alemanes están protegidos contra este tipo de vigilancia.
Reporteros Sin Fronteras: Decisión histórica
Este caso fue llevado al Constitucional por Reporteros Sin Fronteras, junto con otras organizaciones y seis periodistas internacionales, incluidos los renombrados profesionales del área de investigación Khadija Ismajilova y Blaz Zgaga, después de considerar “insuficientes” los controles a los que está sometida la actividad del BND. Adujeron un sinfín de vacíos legales que pueden contribuir a que no haya suficientes garantías para los periodistas al desempeñar su labor.
Previo a la decisión del Tribunal, Christian Mihr, director general de RSF en Alemania, destacó la importancia del secreto de las comunicaciones y advirtió que las escuchas a periodistas pueden contribuir a que «las fuentes ya no se dirijan a ellos para hablarles de trapos sucios y de corrupción».
El fallo es histórico. Es el primero de esta envergadura en este ámbito en los últimos 20 años y sienta un precedente importante a favor de la protección de la libertad de prensa en la era digital, indicó luego RSF en su página web.
La privacidad de las comunicaciones en línea
“El Tribunal Constitucional alemán ha subrayado una vez más la importancia de la libertad de prensa. Nos complace que Karlsruhe ponga freno a la creciente vigilancia en el extranjero llevada a cabo por el Servicio de Inteligencia alemán”, declaró Mihr.
Los demandantes argumentaron que el Artículo 1 de la Ley Fundamental alemana obliga al Gobierno a respetar los derechos fundamentales, sin importa si actúa en Alemania o en el extranjero. También que la ciudadanía de estados extranjeros tiene derecho a la privacidad.
“Esto significa que el Servicio de Inteligencia no puede interceptar las comunicaciones ni el tráfico en Internet de personas extranjeras fuera de Alemania sin restricciones, como actualmente permite la ley del BND. El Tribunal Constitucional alemán lo ha corroborado de forma inequívoca al dictaminar que el Artículo 10 de la Ley Fundamental garantiza la privacidad de las comunicaciones en línea”.
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