El Consejo de Ministros aprobó este martes el decreto que establece las bases de la “nueva normalidad” de España desde que finalice el estado de alarma el 21 de junio y que estará vigente hasta que el Gobierno considere que finalizó la pandemia o haya una vacuna contra el virus.
«Las medidas del real decreto estarán vigentes hasta que el Gobierno, de forma motivada, habiendo escuchado a las comunidades autónomas, y con un informe del CCAES (Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud y del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias) considere acabada la crisis», dijo el ministro de Sanidad, Salvador Illa.
Durante el tiempo que dure será obligatorio el uso de mascarilla si no se puede garantizar la distancia social, fijada en 1,5 metros. Su incumplimiento acarreará multas de 100 euros.
Será obligatorio realizar pruebas PCR a las personas que presenten síntomas de la COVID-19 y las autonomías deberán contar con planes de contingencia en hospitales y residencias de ancianos para evitar cualquier rebrote. También se debe disponer de planes para ampliar el número de camas en los hospitales en un plazo máximo de cinco días en caso de agravarse la emergencia sanitaria.
Uso extendido de las mascarillas
Aunque su uso generalizado estuvo por un tiempo en discusión, la utilización de la mascarilla es hoy día una de las medidas para evitar la propagación del SARS-CoV-2. El real decreto de este martes fija su obligatoriedad en centros de trabajo, colegios, comercios e incluso en la calle en caso de aglomeraciones.
Aunque no se ha hecho todavía público el contenido exacto del documento ya había trascendido un borrador en el que se indicaba la obligatoriedad para las personas mayores de seis años en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto, donde no sea posible garantizar el distanciamiento social de 1,5 metros.
También es obligatorio en los medios de transporte aéreo, marítimo, en autobús, o por ferrocarril, al igual que en transportes públicos y privados de hasta nueve plazas, si los ocupantes de los vehículos de turismo no conviven en el mismo domicilio. En buque y embarcaciones no será necesario cuando estén en los camarotes.
No se exigirá a personas con alguna enfermedad o dificultad respiratoria que por su uso pueda agravarse. Tampoco si tiene alguna discapacidad o dependencia, no dispongan de autonomía para quitársela o hagan inviable su utilización.
Centros de trabajos, escuelas y hospitales
En los centros de trabajo se deben poner a disposición de los trabajadores agua y jabón, geles hidroalcohólicos o desinfectantes con actividad virucida, autorizados y registrados por el Ministerio de Sanidad para la limpieza de manos. Asimismo adaptar la ordenación de los puestos de trabajo, la organización de los turnos y que las condiciones garanticen el mantenimiento de una distancia de seguridad interpersonal mínima de 1,5 metros. En caso de que esto no sea posible, deberá proporcionarse a los trabajadores equipos de protección adecuados al nivel de riesgo.
La dirección de la empresa debe establecer medidas para evitar la coincidencia masiva de personas, durante las franjas horarias de mayor afluencia.
En el supuesto de que alguien presente síntomas compatibles con la COVID-19 no deberá acudir al centro de trabajo y se contactará de inmediato a los servicios de prevención de riesgos laborales, centro de salud y comunidad autónoma correspondiente.
En los hospitales se deben garantizar materiales de protección necesarios. También la limpieza y desinfección de las áreas utilizadas y la eliminación de residuos, así como el mantenimiento adecuado de los equipos e instalaciones.
Los centros docentes estarán obligados a ofrecer «las normas de desinfección, prevención y acondicionamiento”, evitar aglomeraciones y mantener distancia de seguridad y, cuando no sea posible, establecer «las medidas de higiene adecuadas para prevenir los riesgos de contagio».
Mercados, instalaciones deportivas y eventos
Las medidas de prevención e higiene también serán fijadas en el caso de viviendas tuteladas, centros residenciales de personas con discapacidad y de personas mayores. Para los centros comerciales se establecen normas de aforo y desinfección, con especial atención «a las particularidades de los centros y parques comerciales y de los mercados que desarrollan su actividad en la vía pública al aire libre o de venta no sedentaria, comúnmente denominados mercadillos».
En instalaciones culturales y deportivas, espectáculos públicos y otras actividades recreativas, serán obligatorias las normas generales de higiene y distancia social. Lo mismo ocurre con los hoteles y alojamientos turísticos.
Illa recordó las cuatro reglas de oro que todo ciudadano debe respetar, donde además de la mascarilla, está el distanciamiento de 1,5 metros, el lavado profundo de manos y las máximas medidas de higiene en espacios públicos y privados.
Canarias y su «nueva normalidad»
Con la aprobación la pasada semana de la sexta prórroga del estado de alarma comenzó de alguna manera la cuenta para dejar atrás esta situación de excepcionalidad que acompaña al país por la propagación de la COVID-19. Desde este lunes 8 de junio, el 52% de España está en la fase 3 de la desescalada, el último piso antes de la nueva normalidad. Los gobiernos regionales deben decidir cuándo es el momento de hacerlo. En el caso de Canarias se espera que pueda ser el lunes próximo, de acuerdo a los criterios sanitarios y epidemiológicos.
“No vamos a apresurarnos ni a esperar al último minuto. Lo más importante es preparar a Canarias para la reapertura ordenada de la actividad turística cuando se restablezcan las comunicaciones con el exterior y haya una organización y garantías suficientes de que este sea un destino seguro”, dijo el consejero de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, y de Sanidad en funciones, Julio Pérez.
El gobierno de la región no contempla todavía la reapertura al público de locales de discotecas y bares de ocio nocturno “por su especial riesgo”.
La importante noticia no ha sido, sin embargo, el tema principal de conversación y de las redes sociales en las últimas, sino el cobro de un euro que hizo un restaurant en Tenerife por algo que el local calificó como Servicio COVID.
La organización FACUA Consumidores en acción calificó de “ilegal” el hecho, al tiempo de recomendar que se haga el reclamo de manera formal, que en caso de no recibir una respuesta satisfactoria el próximo paso es acudir a la autoridad autonómica de consumo.
De acuerdo a la Ley del Consumidor se permite el cobro de servicios adicionales al cliente, siempre que se justifiquen y se informe con anterioridad.
OMS llama a ampliar el conteo de fallecidos
La OMS (Organización Mundial de la Salud) publicó el pasado domingo un documento en que se solicita a los países que amplíen la fotografía en cuanto al número de fallecidos, en el que no solo se incluya los casos confirmados a través de una prueba diagnóstica sino también a los sospechosos cuyos síntomas apunten a que pudo ser por coronavirus.
A diferencia de Italia y Francia, donde ya se venían sumando a los sospechosos, el ministro Illa y el director del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias, Fernando Simón, solo daban a conocer como muertos por el SARS-CoV-2 a los diagnosticados mediante test PCR y en su gran mayoría, en hospitales.
El 25 de mayo, el Gobierno reportó 1.918 muertos menos que el día anterior, porque Sanidad había llegado a la conclusión de que no podía estar 100% seguro de que la causa de la muerte fuera el virus.
La OMS establece que se utilice la palabra COVID-19 en el certificado de defunción cuando la causa haya sido por la enfermedad o si hay sospecha sólidas de que la infección contribuyó a la muerte. Debido a la existencia de «múltiples coronavirus» también se aconseja colocar COVID-19 porque ayuda a reducir la incertidumbre generada en la clasificación de la muerte y a controlar correctamente cada uno de los fallecimientos relacionados con el virus. Pide se agregue el tiempo desde la aparición de los primeros síntomas hasta el deceso.
Sistema MoMo
El organismo dependiente de Naciones Unidas solicita usar los sistemas que muestran el exceso de mortalidad de la población para evaluar el impacto de la COVID-19 en la mortalidad general, así como para comparar las tasas de fallecimiento por género y franjas de edad con situaciones como desastres naturales y conflictos armados.
Los cálculos que realiza en España el Instituto de Salud Carlos III en colaboración con el Centro Nacional de Epidemiología reflejan un importante exceso de mortalidad. Entre el 13 de marzo y el 22 de mayo, el Sistema MoMo registraba 43.034 muertes más de las esperadas en una situación normal. Esa cifra incluía las 27.117 defunciones que maneja Sanidad por culpa del coronavirus.
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