Este jueves el Congreso de los Diputados ha aprobado la primera Ley de Cambio Climático y Transición Energética de España que busca facilitar que la economía española sea neutra en emisiones antes de mitad de siglo. Ahora la Ley va vía el Senado y podría quedar definitivamente aprobada antes de finalizar el mes. Pese a que el documento cuenta con varios objetivos, no profundiza en el tema del agua, elemento imprescindible para afrontar el cambio climático.
La Ley del Cambio Climático del MITECO es ambiciosa. Tiene como objeto recoger la necesidad de emprender políticas públicas de adaptación al cambio climático. Incluso va más allá de acuerdos internacionales como el de París o los planteados por la Unión Europea, al fijar como objetivo intermedio una reducción de las emisiones de gases efecto invernadero del 23% para 2030. Sin embargo, el tema del agua solo se menciona en dos artículos y una disposición. En total la palabra «agua» está escrita 24 veces.
Casi ni se menciona el tema del agua
El propio preámbulo de la Ley de Cambio Climático señala como “ineludible gestionar de manera responsable nuestro patrimonio común, el agua, los suelos, la biodiversidad, todos recursos escasos y frágiles”. Pero lo cierto es que los recursos hídricos no se contemplan del todo en la Ley, como sí se puede concluir de la energía.
El texto legal, además, insiste en que las políticas de adaptación para anticiparnos a los impactos y favorecer la recuperación tras los daños son necesarias en todos los sectores de nuestra economía. Sin embargo, el agua urbana apenas se menciona en el artículo 17 de la Ley.
La Ley sí aborda el tema de la región mediterránea como una de las áreas del planeta más vulnerables frente al cambio climático. “España, por su situación geográfica y sus características socioeconómicas, se enfrenta a importantes riesgos derivados del cambio climático que inciden directa o indirectamente sobre un conjunto de sectores económicos y sobre todos los sistemas ecológicos españoles, acelerando el deterioro de recursos esenciales para nuestro bienestar como el agua, el suelo fértil o la biodiversidad y amenazando la calidad de vida y la salud de las personas”, se puede leer en el texto.
Asimismo, el documento contempla la integración de los riesgos derivados del cambio climático en la planificación y gestión de políticas sectoriales, como la hidrológica, la de costa, la territorial y urbanística, la de desarrollo urbano, la de edificación e infraestructuras del transporte. Por tanto, habrá que esperar, quizá a 2022, para ver cómo se desarrolla la estrategia del agua aunque no esté explicita en el texto legislativo.
Los vehículos eléctricos también en polémica
Otro de los puntos polémicos de la futura Ley ha sido el de los vehículos eléctricos. El texto indica que una de las tareas de su Ministerio es facilitar la electrificación de la movilidad a través de varios mecanismos. Uno de ellos el próximo Real Decreto de regulación de puntos de recarga y mantenimiento de instalaciones. Otro informativo “para conocer dónde hay puntos de recarga y su coste”; y otro “de acompañamiento a la primera inversión” a través del MOVE.
Sobre este tema, la vicepresidenta cuarta, Teresa Ribera, recordó que la Ley de Cambio Climático impone como obligatorio instalar puntos de recarga eléctrica en los grandes puntos de suministro habitual de gasolina con más venta. Esto, con el fin de facilitar esta labor al usuario y proporcionarle información acerca de los distintos niveles de carga y su duración.
Novedades de la Ley del Cambio Climático
Esta semana, a Ribera le preguntaron en un evento sobre el artículo 11 de la Ley, relativo al cierre de refinerías en 2040. Ante esto respondió que “Europa marca referencias claras respecto a la movilidad y a los combustibles fósiles. «Se generaría una falsa sensación de seguridad si introdujéramos una regulación distinta a la europea”, señaló.
Los diputados, tras analizar más de 750 enmiendas presentadas por los distintos grupos, integraron un nuevo capítulo sobre la digitalización para la descarbonización de la economía. Entre los principios rectores se incluye una especial mención al “desarrollo económico de las zonas receptoras de las centrales de energías renovables respetando los valores ambientales”. Además de asegurar la “calidad y seguridad de suministro de energía”.
En el caso de las emisiones de gases de efecto invernadero en el conjunto de la economía española, se aumenta del 20% al 23% respecto del año 1990 (niveles pre-industriales). Para la incorporación de nueva capacidad renovable en el consumo de energía final, se eleva del 35% al 42%. Y, por último, alcanzar en 2030 un sistema eléctrico con, al menos, un 74% de generación a partir de energías de origen renovable.
Por otra parte, el artículo 7 se refiere a la rehabilitación de edificios. Ahí profundiza sobre la eficiencia energética, incorpora la obligatoriedad de incluir materiales de construcción para la construcción y rehabilitación de edificios, con la menor huella de carbono posible a fin de disminuir las emisiones totales en el conjunto de la actuación o del edificio, así como un Plan de Rehabilitación de Viviendas y Renovación urbana con el objetivo de mejorar el parque edificado.
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