Por Orlando Viera-Blanco/@ovierablanco
Embajador de Venezuela en Canadá
«La presencia de las FARC-EP en nuestro país supone peligro inminente en la región. La CPI tiene el deber de castigar y prevenir estos delitos, por lo que hemos presentado a la Unidad de Informe y Evidencia de la Fiscalía, el citado Acuerdo de Cámara de nuestra AN que rechaza la presencia de grupos guerrilleros armados por libre en territorio nacional».
Acompañado del H.E. de Venezuela en Honduras, Claudio Sandoval, destacado abogado y profesor en Derecho Internacional, y del diputado y ex embajador Walter Márquez -infatigable activista de DDHH- nos fuimos a La Haya. Márquez fue a darle seguimiento a un par de denuncias que tiene contra la Fiscal de la CPI Fatou Bensouda; complementar su denuncia sobre deportaciones forzosas y darle impulso a otra petición de investigación a Maduro por delito exterminio (la cual por cierto ha sido admitida en el marco del examen preliminar dictado por la Fiscal en fecha 8 de Febrero de 2018). Participamos como observadores ante el Mecanismo de Supervisión Independiente que sustancia la denuncia contra la Fiscal, y presentamos ante la Unidad de Información y Evidencia de OTT (Office of The Prosecutor), el Acuerdo de Cámara de la AN de fecha 3 de septiembre 2019 que rechaza la presencia de las FARC y la narcoguerrilla colombiana en Venezuela.
Adicionalmente sostuvimos encuentros con varios embajadores en aras de sensibilizar la impostergable necesidad de hacer justicia.
Alertar y prevenir
El artículo 7 del Estatuto de Roma tipifica delitos de lesa humanidad. a) Asesinato; b) Exterminio; c) Esclavitud; d) Deportación o traslado forzoso de población; e) Encarcelación u otra privación grave de la libertad física en violación de normas fundamentales de derecho internacional; f) Tortura; g) Violación, esclavitud sexual, prostitución forzada, embarazo forzado, esterilización forzada o cualquier otra forma de violencia sexual de gravedad comparable; h) Persecución de un grupo o colectividad con identidad propia fundada en motivos políticos, raciales, nacionales, étnicos, culturales, religiosos, de género; i) Desaparición forzada de personas; j) El crimen de apartheid; k) Otros actos inhumanos de carácter similar que causen intencionalmente grandes sufrimientos o atenten gravemente contra la integridad física o la salud mental o física. Diez de esos once delitos han sido manifiestamente violados por el régimen de Maduro según se desprende de los 85 párrafos del reporte de la Alta Comisionada de DDHH de las UN, Michelle Bachelet. Y esos delitos constan en más de 110 reportes e informes presentados, reporte de expertos de la OEA y denuncia de seis naciones de los Estados Partes: Argentina, Chile, Colombia, Canadá, Paraguay y Perú.
La presencia de las FARC-EP en nuestro país supone peligro inminente en la región. La CPI tiene el deber de castigar y prevenir estos delitos, por lo que hemos presentado a la Unidad de Informe y Evidencia de la Fiscalía, el citado Acuerdo de Cámara de nuestra AN que rechaza la presencia de grupos guerrilleros armados por libre en territorio nacional.
El preámbulo del Estatuto de Roma apela a la unidad de los pueblos y sus culturas como patrimonio común y a la “preocupación que este delicado mosaico pueda romperse en cualquier momento por causa de millones de niños, mujeres y hombres que han sido víctimas de atrocidades que desafían la imaginación y conmueven profundamente la conciencia de la humanidad”. Reconoce el Estatuto de Roma que esos graves crímenes constituyen una amenaza para la paz, la seguridad y el bienestar de la humanidad, por lo que siendo de trascendencia para la comunidad internacional en su conjunto, “no deben quedar sin castigo, debiendo (la CPI) poner fin a la impunidad de los autores de esos crímenes y contribuir así a la prevención de nuevos crímenes”.
Nuestro informe de contextualización ante la CPI evidencia la grave situación que significa para Venezuela y Colombia, la presencia activa y cooperación confesa del régimen venezolano con las FARC, esto es, la servidumbre de libre tránsito de la narcoguerrilla por territorio venezolano.
Justicia universal como factor de quiebre y solución
Algunos piensan que órganos como la CPI, ONU, OEA son una suerte de teatro de operadores diplomáticos sin potestad real de actuar y producir soluciones, donde los principios de no intervención, no injerencia y autodeterminación de los pueblos, son camisas de fuerza para prevenir y reprimir efectivamente a regímenes autoritarios, cómplices de organizaciones criminales.
Pero en un mundo globalizado no solo en lo económico sino también en la valoración, tutela y defensa de los DDHH, los derechos fundamentales del hombre y los delitos contra la humanidad, la voluntad política de las naciones también encuentra articulación y mecanismos coercitivos, que debemos impulsar. Esta lucha no podemos darla desde feudos o bloques grupales o normativas. Todos los venezolanos conocedores de la Justicia Penal Internacional, diplomáticos en funciones de seguimiento y control de procedimientos y jefes de Estados, deben hacer causa común en este punto. Urge unidad de propósitos y esfuerzos en este importantísimo campo de la justicia penal global, que no albergo duda, es un factor fundamental para lograr una salida forzosa institucional en Venezuela.
Venezuela no puede seguir sometida a perpetuidad. El autoritarismo se vence de tres formas. Con desarrollo sostenible, las armas o la justicia. Por lo pronto no hay modelo sustentable aplicable. Tampoco tenemos armas. Nos queda sólo la justicia. En La Haya (justicia)…está la salida.
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