Por Cambio16
30/05/2017
El Tribunal Supremo ha acordado hoy que NCG Banco -hoy Abanca– debe devolver a dos demandantes el importe integro en concepto de cláusulas suelo más los intereses desde la fecha de cada cobro, así como a recalcular las condiciones de los préstamos.
El pleno de la Sala Primera del tribunal desestima así un recurso de la entidad financiera contra un fallo anterior que daba la razón a los demandantes, obligando a devolver las cantidades cobradas demás dado su carácter abusivo y la desproporción de la limitación al alza sin equivalencia económica entre las obligaciones asumidas por cada parte. En concreto, la sentencia inicial – emitida por la Audiencia Provincial de Ourense– condenó a la entidad a restituir 6.716,11 euros cobrados de más en concepto de cláusulas suelo de dos contratos hipotecarios.
El cliente no podía hacerse una idea cabal del impacto económico que le supondría obtener el préstamo con cláusulas suelo, en caso de que bajara el índice de referencia, con lo que se veía privado de su derecho a comparar las diferentes ofertas existentes en el mercado. Los demandantes solicitaban la restitución de las cantidades cobradas en concepto de cláusula suelo, que ascendían a 3.268,71 euros y 3.447,4 euros, respectivamente, así como el interés legal del dinero y las costas del juicio, al considerar que las cláusulas suelo de sus contratos tenían un carácter de «abusivas».
Por otra parte, el Supremo condena a Abanca a abonar los intereses devengados porque la entidad no reclamó, pudiendo haberlo hecho, y el Supremo ya se pronunció sobre ello en febrero de este año.
En esa ocasión, el tribunal se adaptó a lo decidido por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en diciembre de 2016, que reconocía la retroactividad total en las cláusulas abusivas, y no sólo desde mayo de 2013.