Por Cambio16
26/02/2017
El Tribunal Supremo acoge desde este lunes el juicio contra el exconseller de Presidencia catalán Francesc Homs por los delitos de prevaricación y desobediencia en relación a la consulta independentista del 9 de noviembre de 2014. La Fiscalía pide para él nueve años de inhabilitación especial para el ejercicio de cargos públicos electivos por organizar la consulta, suspendida por el Tribunal Constitucional (TC).
Ya a finales de enero, el magistrado instructor del alto tribunal había anunciado el inicio del juicio apreciando «indicios de un delito de prevaricación administrativa y de un delito de desobediencia grave cometido por autoridad pública», explicó el tribunal a través de un comunicado.
A comienzos del mismo mes, la Fiscalía consignó un escrito donde afirmó que Homs «no adoptó la suspensión de ninguna de las actuaciones ni actos que se desarrollaban para la celebración de dicha consulta que dependían directamente del Departamento de la Presidencia del que era titular». El Ministerio Público solicitó por consiguiente la apertura de un juicio oral contra Francesc Homs por un delito de desobediencia grave y otro de prevaricación administrativa.
Según el escrito de la Fiscalía, Homs «impulsó activamente los trabajos preparatorios de la convocatoria» después de haber conocido la suspensión por parte del Tribunal Constitucional.
El Ministerio Público considera que Homs «era plenamente consciente», sobre todo teniendo en cuenta su posición en el Ejecutivo catalán, de que «con su actuación quebrantaba el obligado acatamiento a las decisiones del Tribunal Constitucional».
El escrito detalló que la labor de Homs como Consejero de la Presidencia del Ejecutivo catalán fue «crucial» para construir los programas informáticos que permitieron el desarrollo de la votación.
Esos delitos son los mismos por los que son juzgados el expresidente Gobierno catalán, Artur Mas, junto a la exvicepresidenta del Govern Joana Ortega y la exconsellera Irene Rigau, bajo la acusación de haber permitido la preparación y celebración de la consulta pese a que el Tribunal Constitucional la había declarado ilegal.
Cabe destacar que el tribunal señala que Mas deberá comparecer por la causa a Homs, pero en calidad de testigo y no como coimputado. En este sentido, Mas quedará á exento del deber de prestar juramento y será advertido de su derecho a no contestar a aquellas preguntas que puedan resultar perjudiciales para su defensa.