Por Cambio16 | Efe
02/12/2015
El pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha anulado la resolución independentista del Parlament de Cataluña tras aceptar la impugnación que el Gobierno presentó contra el texto, que perseguía iniciar un proceso separatista y ante el que la sentencia contrapone la unidad de la nación soberana.
La resolución de la Cámara catalana, apoyada por Junts pel Sí y la CUP, vulnera cinco preceptos de la Constitución, según ha concluido el TC.
El tribunal de garantías recuerda en su fallo que el «imperio de la Constitución como norma suprema» del ordenamiento jurídico deriva del hecho de que la ley fundamental «es fruto de la determinación de la nación soberana por medio de un sujeto unitario, el pueblo español, en el que reside aquella soberanía y del que emanan, por ello, los poderes de un Estado».
Asimismo, dice también que la soberanía de la nación, que reside en el pueblo español, «conlleva necesariamente su unidad», y que esa unidad del sujeto soberano es el fundamento sobre el que «la nación misma se constituye, al propio tiempo, en Estado social y democrático de Derecho».
Nada más conocer la decisión del Tribunal, el cabeza de lista de Democràcia i Llibertat al 20D, Francesc Homs (CDC), ha descartado cambio alguno en el proceso soberanista porque considera que es una «cuestión política», el mismo mensaje que lanzó ayer la vicepresidenta del Govern, Neus Munté.
El presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, ha afirmado que la decisión del Constitucional «alegra y mucho» a la «inmensa mayoría de españoles» que creen «en la soberanía nacional y en la igualdad de los españoles».
El ministro de Justicia, Rafael Catalá, ha confiado por su parte en que las instituciones catalanas acaten la sentencia y ve «inimaginable» que un Gobierno o un Parlamento autonómico decidan actuar al margen de la ley. De hecho, ha advertido de que el incumplimiento tendría consecuencias penales.
El fallo del tribunal de garantías no insiste en el apercibimiento directo de obediencia que ya hizo de manera personal a diversos implicados cuando admitió a trámite el recurso del ejecutivo y suspendió la resolución.
Aquella advertencia iba dirigida personalmente al presidente de la Generalitat en funciones, Artur Mas; a los miembros de su Gobierno; a la presidenta del Parlament, Carmen Forcadell; a los integrantes de la Mesa de la Cámara autonómica, y al secretario general del Parlament, Pere Sol. A ellos les señalaba que, de no acatar su fallo, podrían incurrir en responsabilidades, incluidas las penales.
El Parlament pidió la pasada semana al Constitucional que rechazara la impugnación con el argumento de que la resolución solo puede considerarse una declaración «política», fundamentada en programas electorales «sometidos al libre ejercicio democrático de participación».
«Solo puede ser considerada como una declaración mediante la cual el Parlament manifiesta una voluntad política que, en sí misma, no puede conculcar el marco constitucional y estatutario, ya que este no prohíbe la expresión y la defensa de los proyectos políticos no coincidentes con la Constitución», señalaba el escrito.
Ahora el TC se limita a recordarle al Parlament que «no puede oponerse una supuesta legitimidad democrática de un cuerpo legislativo a la primacía incondicional de la Constitución».
La Constitución, dice también la sentencia, es la «norma superior a la que todos -ciudadanos y poderes públicos- quedan sujetos» por decisión de la voluntad popular expresada como «poder constituyente». El Estado constitucional «no puede desvincularse de la primacía incondicional de la Constitución».
El pleno del TC recuerda también que el artículo 1 del Estatuto de Autonomía dispone que Cataluña, «como nacionalidad, ejerce su autogobierno constituida en comunidad autónoma de acuerdo con la Constitución y el presente Estatuto».
De este modo, la resolución del Parlament «trastoca no solo los postulados del Estado de derecho, basado en el pleno sometimiento a la Ley y al Derecho, sino la propia legitimidad democrática del Parlamento de Cataluña, que la Constitución reconoce y ampara», añade.
La unánime sentencia del Constitucional se ha producido con una rapidez sin precedentes en la historia del tribunal de garantías, que no ha querido que su dictamen interfiriera en la campaña electoral que comenzará mañana.
De hecho, la sentencia señala literalmente que el tribunal ha otorgado a este asunto «prioridad en su resolución» porque así lo exige la «trascendencia constitucional» del tema.
El pleno del tribunal ha necesitado solo veinte días para aceptar la impugnación que el Gobierno presentó contra esta propuesta que debía dar inicio a un proceso separatista, tiempo sin precedentes en el tribunal de garantías salvo para asuntos relativos a procesos electorales.