Por Cambio16
ACTUALIZADO 06/04/2016
La campaña de la Renta 2015 ha arrancado este miércoles y la avalancha de solicitudes ha colapsado la web, en la que es imposible acceder a los borradores.
Hoy comienza la campaña de #Renta2015 pero los servidores se encuentran saturados. Por favor, inténtelo más tarde. Disculpen las molestias.
— Soporte Técnico AEAT (@informaticaaeat) 6 de abril de 2016
La deducción estatal por el alquiler de la vivienda habitual ha desaparecido para los contratos firmados en 2015, lo cual se reflejará por primera vez en la declaración de la Renta. No obstante, según han explicado los Técnicos del Ministerio de Hacienda (GESTHA) a través de un comunicado, esta medida no afecta a las deducciones autonómicas.
En cualquier caso, los inquilinos con contratos anteriores a esa fecha pueden seguir deduciéndose el 10,05% de las cantidades satisfechas en 2015 y años sucesivos mientras mantengan el contrato de alquiler de su vivienda habitual, y siempre que su base imponible sea inferior a 24.107,20 euros anuales.
El colectivo de técnicos de Hacienda antes mencionado ha elaborado un Manual Básico para hacer la declaración, con el que pretenden facilitar a la ciudadanía este trámite obligado para todos los ciudadanos cuyas rentas anuales superen los 22.000 euros brutos.
La Renta Web
Además del fin de las deducciones por alquiler de la vivienda otra de las principales novedades de este año que menciona GESTHA es el lanzamiento de Renta Web, un sistema informático que permite hacer la declaración desde cualquier dispositivo, bien sea la tableta o el móvil. No obstante, los contribuyentes que perciben rendimientos de actividades económicas (autónomos y profesionales) deberán seguir haciéndolo con el tradicional programa Padre.
Este año, el plazo para presentar la declaración se extenderá hasta el 30 de junio, ambos inclusive, en el caso de que la presentación se haga de forma electrónica. Si se hace de forma presencial o por otro medio, los plazos son más ajustados, desde el 10 de mayo hasta el 30 de junio, ambos inclusive, ya que el objetivo de Hacienda es potenciar la presentación telemática.
Los técnicos de Hacienda recuerdan a los contribuyentes que deben tener muy en cuenta las peculiaridades fiscales propias de su comunidad autónoma, dado que éstas tienen transferida la capacidad de aprobar sus propias deducciones en determinadas materias, algunas tan sustanciales como el alquiler o la inversión en vivienda habitual, e incluso la posibilidad de realizar cambios en los tipos del IRPF.
En el manual de GESTHA se dedica un apartado a las aportaciones a planes de pensiones o a planes de previsión asegurado porque permiten rebajar la base imponible de la declaración de la renta. No obstante, la reforma fiscal ha introducido dos cambios a tener en cuenta. En primer lugar, se ha reducido la cantidad límite que se puede aportar, pasando de 10.000 a 8.000 euros, siempre que no supere el 30% de los rendimientos del trabajo y actividades económicas, independientemente de la edad.