Por Cambio16 | Efe
27/09/2016
La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a 4 años de cárcel al principal acusado por la tragedia del Madrid Arena, Miguel Ángel Flores, a quien considera «máximo responsable» de la muerte de cinco jóvenes durante la macrofiesta del 1 de noviembre de 2012, movido por la búsqueda del «máximo beneficio económico».
En la sentencia del caso, de 677 páginas, la Sección Séptima de la Audiencia condena a Flores por cinco delitos de homicidio por imprudencia grave y 29 delitos de lesiones por imprudencia grave y le inhabilita durante el tiempo de condena para cualquier actividad en relación con la organización y celebración de eventos.
Además de Flores, la Sala condena a otros seis acusados y absuelve a ocho de los procesados, entre ellos, los médicos Simón y Carlos Viñals porque, «pese a entender acreditada su negligente actuación cuando las víctimas fueron llevadas al botiquín para que las asistieran (…) no está probado que si dichos doctores hubieran actuado correctamente podrían haber evitado que las jóvenes fallecieran».
Igualmente absuelve al exjefe de la Policía Municipal Emilio Monteagudo porque «la precariedad del operativo policial que se dispuso el día de los hechos no tuvo influencia en lo sucedido».
El tribunal fija indemnizaciones a las familias de las víctimas, que giran en torno a los 350.000 euros para cada una y a los lesionados en proporción a las lesiones y secuelas que padecieron.
Y declara como responsables civiles subsidiarios al Ayuntamiento de Madrid, a la empresa municipal Madrid Destino – en sustitución de Madrid Espacios y Congresos- a la promotora del evento Diviertt y a las compañías de seguridad Seguriber y Kontrol 34.
Respecto a las causas de la tragedia, los magistrados consideran acreditado que la muerte de las cinco jóvenes se produjo por el sobreaforo -entraron 16.605 frente a las 10.620 permitidas-, por el cierre de vomitorios y escaleras y por haberse derivado la entrada del público a través de las puertas de emergencia directamente a la pista, que ya se encontraba saturada.
«Nada de ello funcionó», mantienen los magistrados que reprochan a Diviertt y Kontrol 34 por no disponer de «un sistema organizado, coordinado y eficaz para controlar el flujo de asistentes entre plantas y por el pabellón».
Y añade que los profesionales «de dilatada experiencia» que estaban al cargo del evento facilitaron con su conducta «ya sea por omisión o por acción» la entrada de asistentes por puertas de emergencias, lo que provocó que el riesgo se materializara en el gravísimo resultado producido, algo que era «impensable».
Junto a Flores, el tribunal condena también a tres años de cárcel por cinco delitos de homicidio por imprudencia grave y lesiones al coordinador de proyectos del departamento de operaciones de Madrid Espacios y Congresos (Madridec), Francisco del Amo, y al director general de Diviertt, Santiago Rojo.
También impone dos años, seis meses y un día de prisión al jefe de personal de Diviertt, Miguel Ángel Morcillo, y al socio mayoritario de Kontrol 34, Carlos Manzanares. La Sala condena, además, a los jefes de Seguriber Juan José París Nalda y Raúl Monterde por cinco delitos de homicidio por imprudencia menos grave pero no les impone una pena de cárcel, sino multa de 3.600 euros.
El tribunal no tiene dudas de que todos los condenados «infringieron» los deberes de cuidado que les competían como responsables del evento en el que se produjeron los hechos» hasta el punto de que «no solo no evitaron riesgos sino que los crearon y los permitieron».
Sin embargo, carga especialmente contra Flores por su «conducta gravemente imprudente» e «impropia de un empresario experimentado en este tipo de negocios» al que achaca que «actuó intentando conseguir en todo momento el máximo beneficio económico».
Como ejemplo subraya que el «empresario no quiso contratar a los servicios de Seguriber para el interior del pabellón, lo que lógicamente reducía sus gastos y aumentaba sus ingresos». Tampoco dio instrucciones para controlar la edad de los asistentes.
Al margen de los doctores Viñals y de Monteagudo, la Sala absuelve al entonces director de departamento de seguridad de Madridec, Rafael Pastor, ya que cometió infracciones constitutivas de falta, que en la actualidad están despenalizadas.
Y también absuelve al responsable del control de cámaras del pabellón, Roberto Mateos; al socio minoritario de Kontrol 34, Emilio Beillard; al jefe de equipo de Seguriber durante la fiesta, Jose Antonio Díaz Romero; y al técnico de operaciones de Madridec, José Ruiz Ayuso por entender que «por su carácter de subordinados no tenían capacidad operativa para evitar el trágico resultado».
Con todo, el tribunal recuerda que la resolución no es firme y contra ella cabe interponer recurso de casación ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo en el plazo de cinco días.