En las últimas semanas los profesionales sanitarios se han enfrentado a la difícil tarea de tener que triar, elegir quién vive y quién no. El colapso de las UCI y la falta de material sanitario para hacerle frente a la pandemia condujo a que las instituciones recomendaran al personal a priorizar los pacientes; es decir, prestar asistencia a los pacientes con posibilidades de tener mayor esperanza de calidad de vida. Priorización que de alguna manera emplea criterios discriminatorios al asistir a pacientes de edad avanzada.
Ante el dilema ético, el Ministerio de Sanidad elaboró un informe que revisa los aspectos éticos que deben prevalecer en la actual pandemia de COVID-19. El Gobierno ofrece una guía de criterios que tranquiliza especialmente a los profesionales sanitarios, que podrían verse afectados legal y psicológicamente.
El informe toca distintos aspectos sanitarios y éticos relacionados con la pandemia, enfatizando que se trata de un acontecimiento extraordinario para el que ningún sistema sanitario en el mundo estaba preparado.
Criterios discriminatorios
La semana pasada los profesionales de la salud manifestaban la preocupación de dejar sin asistencia a las personas mayores de 80 años de edad que requerían un respirador artificial.
La falta de respiradores artificiales puso a España en el foco del mundo . Una situación que en opinión de epidemiólogos y otros expertos se pudo prever y atajar si se hubiesen tomado medidas restrictivas antes del 9 de marzo.
Instituciones como el Sistema d’Emergències Mèdiques de Catalunya o la misma Generalitat recomendaron no ingresar a pacientes con más de 80 años de edad a las UCI. Médicos y enfermeras se sentían en medio de la guerra ante la necesidad de triar con criterios claramente discriminatorios.
La directriz de Sanidad al respecto es clara y específica: proscribe absolutamente el empleo de criterios discriminatorios al priorizar pacientes en el contexto de la pandemia.
El texto se fundamenta en el artículo 14 de la Constitución: «Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social».
El Estado de Derecho
Y sigue. Los pacientes de edad avanzada no pueden bajo ningún concepto ser discriminados sobre la base de la «escasez extrema de recursos asistenciales». En caso de la insuficiencia de material sanitario, los criterios de priorización deben obedecer al cuadro clínico del paciente y no a su edad.
De otra forma, la adopción de criterios discriminatorios basados en la edad incurrirían en el menosprecio de vidas humanas. Hecho que contradice el Estado de Derecho de la nación española, que reconoce la dignidad del ser humano solo por el hecho de serlo.
Sanidad no solo proscribe tales criterios discriminatorios con respecto a los pacientes de edad avanzada, va un paso más allá y proscribe dichos criterios en caso de personas con discapacidad y menores de edad.
El informe también considera y genera directrices a las administraciones en cuanto a la situación de los profesionales sanitarios. Expone que las administraciones públicas deben garantizar los equipos de protección personal y niveles de descanso físico necesario a los profesionales de la salud.
Situación del personal sanitario
Con respecto a las secuelas de la pandemia, se debe prestar asistencia psicológica al personal sanitario. El objetivo es disminuir el estrés laboral a corto y mediano plazo.
Señala que el impacto de la pandemia puede desembocar en la falta de personal, por lo que insta a la contratación debidamente supervisada de personal jubilado, residentes, desempleados, profesionales no comunitarios pendiente de convalidación de títulos, etc.
En teoría, el sistema sanitario español cuenta con un marco que proscribe criterios discriminatorios a la hora de triar. Un reclamo que se alzó desde las voces de aquellos que se encuentran en la primera línea de fuego de la pandemia y una responsabilidad del Gobierno.
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