Por Cambio16 | Efe
16/10/2016
El presidente de Venezuela, Nicolás Maduro, decretó en un acto inédito el viernes la Ley de Presupuesto de 2017 y la Ley de Endeudamiento, sin ser sometido, tal y como obliga la Constitución del país, a la aprobación de Parlamento de ese país, controlado por sus opositores, y declarado en desacato por el Poder Judicial.
Al no presentarlo ante la Asamblea Nacional, Maduro violó nada menos que siete artículos de la Constitución, según informa el diario El Nacional citando al abogado José Vicente Haro. El letrado explicó que «son el 187 (numeral 6), 311, 312, 313, 314 y 315, que se refieren a las competencias del Parlamento para la discusión y aprobación del proyecto de ley de presupuesto y el 203, según el cual el mandatario solo puede firmar decretos leyes dentro de los poderes habilitantes que deben ser aprobados por el Parlamento. También violó los artículos 58, 59 y 60 de la Ley contra la Corrupción, correspondiente a los delitos contra el patrimonio público».
El mandatario firmó el presupuesto fiscal para el próximo año frente a cientos de sus partidarios y acompañado de los miembros de su gabinete en un acto público en las afueras del Panteón Nacional en Caracas.
«Aquí está el presupuesto de 2017 y la Ley de endeudamiento», dijo el mandatario que pidió «el apoyo del pueblo, de la unión cívico militar, de la calle».
Maduro recordó que, «frente a las disyuntivas de una Asamblea en desacato», él hizo una consulta al Supremo sobre qué debía hacer con el presupuesto 2017.
El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) sentenció que en esta oportunidad, el presidente debía presentar el presupuesto nacional ante el máximo tribunal antes del 16 de octubre bajo la forma de decreto que tendrá rango y fuerza de ley, evitando así su paso por la Cámara.
El presupuesto fue firmado por un monto de más de ocho billones de bolívares y estimado con ingresos petroleros de 30 dólares por barril.
«Hemos colocado el precio del barril del petróleo moderado y bajo, aunque sabemos que lo vamos a recuperar», dijo.
La Constitución de Venezuela obliga al Ejecutivo a presentar ante la Asamblea Nacional (AN, Parlamento) el presupuesto de la nación del año siguiente antes del 15 de octubre del año anterior y por primera vez este documento será entregado a otra institución, en este caso al Supremo.
La oposición venezolana, que por primera vez en 17 años controla el Parlamento del país, ha rechazado esta sentencia que calificó de «inconstitucional».
La decisión del tribunal se fundamentó en «el desacato que voluntariamente mantiene un grupo mayoritario de diputados que actualmente integran la Asamblea Nacional (AN), respecto de sentencias del TSJ y de la Constitución», además de en el estado de excepción y emergencia económica vigente en el país.